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Resolución del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza por la que se dan normas complementarias a la Orden de 24 de enero de 1974 sobre ordenación zootécnico-sanitaria de Centros de Piscicultura privados, instalados en aguas continentales

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31 de octubre de 1974·Ministerio de Agricultura·BOE-A-1974-1764
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Esta norma regula los requisitos sanitarios y de funcionamiento para quienes crían peces en instalaciones privadas en ríos y lagos.

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  1. Resolución del instituto nacional para la conservación de la naturaleza por la que se dan normas complementarias a la orden de 24 de enero de 1974 sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura privados, instalados en aguas continentales — Primera

    Las Astacifactorías se consideran Centros de Piscicultura, aplicándose la Orden de 24 de enero de 1974. No se consideran astacicultura los lugares de almacenamiento comercial temporal de cangrejos capturados legalmente. Debe acreditarse la procedencia de los cangrejos cultivados.

  2. Resolución del instituto nacional para la conservación de la naturaleza por la que se dan normas complementarias a la orden de 24 de enero de 1974 sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura privados, instalados en aguas continentales — Segunda

    Los titulares de Centros de Piscicultura o Astacicultura presentan instancias en los Servicios Provinciales del ICONA, acompañadas de programas de reproducción o producción (modelos 1 y 2). La documentación se envía a la Dirección del ICONA para resolución e inscripción.

  3. Resolución del instituto nacional para la conservación de la naturaleza por la que se dan normas complementarias a la orden de 24 de enero de 1974 sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura privados, instalados en aguas continentales — Tercera

    Se autorizan nuevos centros si distan 6 km de otros. El ICONA puede prohibir pesca en tramos paralelos, respetando 3 m de margen.

  4. Resolución del instituto nacional para la conservación de la naturaleza por la que se dan normas complementarias a la orden de 24 de enero de 1974 sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura privados, instalados en aguas continentales — Cuarta

    Solo se usa agua de limpieza para balsas. Se amplía 4 años el plazo para construirlas.

  5. Resolución del instituto nacional para la conservación de la naturaleza por la que se dan normas complementarias a la orden de 24 de enero de 1974 sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura privados, instalados en aguas continentales — Quinta

    Se añade la Afanomicosis o «Peste del cangrejo» a las enfermedades de declaración obligatoria del artículo 10, conforme a la Resolución del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza sobre centros de piscicultura privados.

  6. Resolución del instituto nacional para la conservación de la naturaleza por la que se dan normas complementarias a la orden de 24 de enero de 1974 sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura privados, instalados en aguas continentales — Sexta

    Guía necesaria para huevos y vivos. Etiquetas 15x8 cm con datos. Autorización veda solo para especies no trucha arco iris.

  7. Resolución del instituto nacional para la conservación de la naturaleza por la que se dan normas complementarias a la orden de 24 de enero de 1974 sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura privados, instalados en aguas continentales — Séptima

    Circulación de peces/cangrejos de pesca legal sujeta a Resolución de 2 de febrero de 1974.

  8. Resolución del instituto nacional para la conservación de la naturaleza por la que se dan normas complementarias a la orden de 24 de enero de 1974 sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura privados, instalados en aguas continentales — Octava

    Importación/exportación requiere certificación ICONA modelo 3 del anexo.

  9. Resolución del instituto nacional para la conservación de la naturaleza por la que se dan normas complementarias a la orden de 24 de enero de 1974 sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura privados, instalados en aguas continentales — Novena

    La Memoria anual (modelo 4) la confecciona la Agrupación Nacional de Pesca Fluvial del Sindicato Nacional de la Pesca, junto con los Grupos Sindicales de Colonización de Piscicultores.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
31 de octubre de 1974
Departamento
Ministerio de Agricultura

Leyes en las que se basa

  • la Orden de 24 de enero de 1974 BOE-A-1974-204
  • Resolución de 20 de febrero de 1974 BOE-A-1974-394

Leyes que la modifican

  • en BOE núm. 292, de 6 de diciembre de 1974 BOE-A-1974-1968
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