Decreto 2519/1974, de 9 de agosto, sobre entrada en vigor, aplicación y desarrollo del Código Alimentario Español
Esta norma establece las reglas básicas para garantizar que los alimentos que compramos sean seguros, de calidad y cumplan con los controles legales.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 24 de enero de 1978Reforma BOE-A-1978-2055Ver qué cambió →
- 13 de septiembre de 1974Reforma BOE-A-1974-50127Ver qué cambió →
- 13 de septiembre de 1974Versión original BOE-A-1974-1482
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo primero
El Código Alimentario Español entra en vigor a los seis meses de su publicación. Los capítulos X, XI, XII, XIII, XV, XVI, XXI, XXII y XXVI no se aplican hasta transcurrido un año.
Artículo segundo
Las normas alimentarias especiales vigentes continúan aplicándose hasta su modificación. En materia de aditivos, se estará a lo dispuesto por la Dirección General de Sanidad para cada grupo de alimentos.
Disposición final primera
Los productos de los capítulos cuya entrada en vigor se produce al año no se ven afectados por los principios generales del Código hasta que dichos capítulos cobren plena vigencia.
Disposición final segunda
Los Ministerios de la Gobernación, Industria, Agricultura y Comercio podrán conceder plazos para agotar envases o etiquetas que no respondan a las condiciones del Código existentes a la publicación.
Disposición final tercera
Se suprime la Subcomisión de Expertos del Código Alimentario Español. Sus funciones se entienden asignadas a la Comisión Interministerial o a los grupos de trabajo designados.
Disposición final cuarta
Se derogan múltiples Decretos y Órdenes de 1960-1973 que creaban o modificaban la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria y su Subcomisión de Expertos para el Código Alimentario Español, así como el artículo segundo del Decreto 2484/1967.
Información general
Leyes en las que se basa
- Orden de 29 de marzo de 1960 BOE-A-1960-4682
- Orden de 24 de mayo de 1960 BOE-A-1960-7885
- Orden de 5 de marzo de 1963 BOE-A-1963-5049
- Orden de 14 de enero de 1963 BOE-A-1963-92
- Orden de 6 de mayo de 1964 BOE-A-1964-7648
- Decreto 1664/1966, de 16 de junio BOE-A-1966-10430
- el art. 2 del Código Alimentario aprobado por Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre BOE-A-1967-16485
- Orden de 9 de enero de 1967 BOE-A-1967-46
- Orden de 17 de enero de 1967 BOE-A-1967-80
- el Decreto 3109/1968, de 12 de diciembre BOE-A-1968-1522
- el Decreto 1348/1968, de 12 de junio BOE-A-1968-742
Leyes que la modifican
- en BOE núm. 242, de 9 de octubre de 1974 BOE-A-1974-50127
- los arts. 3, 4 y 5, por Real Decreto 3452/1977, de 16 de diciembre BOE-A-1978-2055
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