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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1040/2025, de 19 de noviembre, por el que se establece el procedimiento para la confección del Catálogo de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática y se crea la Comisión técnica sobre símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática

También conocida como: RD 1040/2025, RD 1040/25
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20 de noviembre de 2025·Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática·BOE-A-2025-23422
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo se identificarán y retirarán los símbolos o monumentos que exalten la Guerra Civil o la dictadura en espacios públicos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

17
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (17 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito material

    Regula el procedimiento para confeccionar el catálogo de símbolos contrarios a la memoria democrática y crea la comisión técnica, en desarrollo del artículo 36 de la Ley 20/2022.

  2. Artículo 2 — Naturaleza y adscripción del Catálogo de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática

    El catálogo incluye elementos a retirar o eliminar, salvo razones artísticas o arquitectónicas. Su gestión corresponde a la Dirección General competente en materia de símbolos.

  3. Artículo 3 — Suministro de datos por comunidades autónomas, comunicaciones y solicitudes de inclusión de símbolos y elementos en el catálogo

    Se incorporan datos de comunidades autónomas. Solicitan inclusión entidades locales, víctimas y memorialistas. Cualquier persona puede comunicar incumplimientos. Debe incluirse descripción, foto, ubicación y razones historiográficas.

  4. Artículo 4 — Procedimiento para la inclusión de símbolos y elementos en el catálogo

    El procedimiento para incluir símbolos en el catálogo se inicia de oficio o por solicitud. La Comisión Técnica emite informe en 1 mes. Hay audiencia de 15 días. Resolución en 6 meses. Contra ella, recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Memoria Democrática.

  5. Artículo 5 — Contenido del catálogo

    El catálogo incluye descripción física, ubicación, titularidad, protección patrimonial, valoración histórica, excepciones, fecha de incorporación, retirada o reinterpretación de símbolos contrarios a la memoria democrática.

  6. Artículo 6 — Objeto, naturaleza y adscripción

    Se crea la Comisión técnica sobre símbolos contrarios a la memoria democrática como órgano colegiado de asesoramiento al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para estudiar y proponer medidas.

  7. Artículo 7 — Composición y funcionamiento

    La comisión técnica está integrada por un presidente, vicepresidente, ocho expertos (historia, arte, arquitectura, ciencias políticas), representantes autonómicos, locales y de conservación. Mandato de dos años.

  8. Artículo 8 — Funciones

    La comisión técnica emite informes sobre calificación de símbolos, excepciones de retirada, depósito de elementos, consultas de otros ministerios y valoración de Lugares de Memoria Democrática.

  9. Disposición adicional primera — No incremento de gasto público

    La aplicación del real decreto no supone incremento del gasto público y se atenderá con los medios materiales y personales existentes en la Secretaría de Estado de Memoria Democrática.

  10. Disposición adicional segunda — Indemnizaciones por razón del servicio

    Los miembros de la comisión técnica no reciben retribución. Las indemnizaciones por asistencia a reuniones se abordan según el Real Decreto 462/2002.

  11. Disposición adicional tercera — Proceso de retirada de símbolos o elementos considerados contrarios a la memoria democrática

    La retirada de símbolos contrarios a la memoria democrática requiere autorización de las Administraciones competentes. La Dirección General exige documentación e informes del proceso.

  12. Disposición adicional cuarta — Plan de Memoria Democrática

    El Plan de Memoria Democrática incluirá objetivos y prioridades sobre medidas para retirar símbolos o elementos contrarios a la memoria democrática.

  13. Disposición adicional quinta — Elementos retirados de edificios de titularidad pública

    Los elementos retirados de edificios públicos se depositan cesando su exhibición. La ubicación se comunica a la Dirección General, que actualiza el registro conforme al artículo 35.7 de la Ley 20/2022.

  14. Disposición final primera — Título competencial

    Este real decreto se basa en el artículo 149.1.1.ª de la Constitución, que otorga al Estado competencia exclusiva para regular condiciones básicas de igualdad.

  15. Disposición final segunda — Cláusula de salvaguarda de rango

    El capítulo III del Real Decreto 1040/2025, de 19 de noviembre, tiene rango de orden ministerial, según la cláusula de salvaguarda de rango establecida en la disposición final segunda.

  16. Disposición final tercera — Habilitación normativa

    Se habilita al titular del Ministerio de memoria democrática para desarrollar los capítulos I y II. Se habilita a los titulares de los Ministerios de la comisión técnica para desarrollar, modificar y actualizar el capítulo III.

  17. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    El Real Decreto 1040/2025, de 19 de noviembre, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
20 de noviembre de 2025
Departamento
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

Leyes en las que se basa

catálogo de símboloscomisión de memoria históricaelementos contrarios a la democraciaeliminación de placas y monumentosmemoria democráticaretirada de símbolos franquistasvestigios de la guerra civil