Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado
También conocida como: O 1500/2021, O 1500/21Esta norma organiza qué cargos del Ministerio de Hacienda tienen poder para aprobar gastos, gestionar presupuestos y conceder ayudas públicas.
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Primero. Fijación de límites
Las Secretarías de Estado gestionan hasta 12 millones de euros. Se exceptúan anticipos reintegrables, retribuciones del personal y aportaciones al plan de pensiones.
Segundo. Delegación de competencias por la persona titular del Departamento en relación con los límites fijados
La Ministra delega en las Secretarías de Estado competencias cuando se superan los límites de 12 millones de euros. Se exceptúan anticipos reintegrables, retribuciones del personal y aportaciones al plan de pensiones.
Tercero. Delegación de competencias sobre asuntos propios de las Secretarías de Estado
Se delega en las Secretarías de Estado de Hacienda, Presupuestos y Gastos, y Función Pública la resolución de expedientes propios de sus centros directivos. Se exceptúan los expedientes que den lugar a la concesión de créditos extraordinarios o suplementos de crédito, y las atribuciones delegadas en
Cuarto. Delegación de competencias en materia de recursos humanos
Se delegan competencias en RRHH: Subsecretaría propone planes de empleo, nombra Delegados de Economía y Hacienda, resuelve ayudas sociales ≥300.000€, modifica cuerpos y fija servicios mínimos en huelgas. Depto. Servicios coordina ayudas 150.000-300.000€ y modifica puestos. Subdirección General RRHH:
Quinto. Delegación de competencias en materia de retribuciones y asistencias
Se delegan competencias en retribuciones y asistencias. La Secretaría de Presupuestos gestiona retribuciones de Jefes de Misión, Presidentes de Agencias y compensaciones. La Subsecretaría fija complementos de directivos. La Inspección evalúa objetivos. La DGCPE emite informes.
Sexto. Delegación de competencias en materia de representantes en diversos órganos
Se delega en la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública la propuesta o nombramiento de representantes en órganos colegiados, comisiones de seguimiento, fundaciones, consorcios y consejos rectores, salvo excepciones.
Séptimo. Delegación de competencias en materia de gestión económica y presupuestaria
Se delegan competencias en Secretarías de Estado, Intervención General, Subsecretaría y otros órganos para gestionar gastos, contratos y subvenciones. Los límites oscilan entre <150.000, <300.000 y hasta 1.200.000 euros según el órgano y la materia.
Octavo. Delegación de competencias en materia de Patrimonio del Estado
Se delegan competencias patrimoniales del Ministerio en la Subsecretaría, la Dirección General del Patrimonio (con límites de 2M-3,5M€), la Secretaría General (hasta 2M€), la Subdirección General y las Delegaciones de Economía y Hacienda (hasta 150.000€).
Noveno. Delegación de competencias en materia de ejecución de sentencias
Se delega en Secretarías de Estado y Subsecretaría la ejecución de sentencias. Para gastos: 300.000 euros (Subsecretaría), 150.000-300.000 (Servicios), menos de 150.000 (Gestión Financiera o RRHH). Sin límite para Patrimonio del Estado y Financiación Autonómica y Local.
Décimo. Delegación de competencias en materia de revisión de actos en vía administrativa, recursos, reclamaciones y derecho de petición
Se delega en la Secretaría General Técnica la resolución de revisiones de oficio (Ley 39/2015, Ley 58/2003), recursos administrativos (Ley 39/2015), responsabilidad patrimonial, derecho de petición (art. 29 CE), requerimientos (Ley 29/1998) y recursos (Ley 9/2017).
Undécimo. Delegación de competencias en materia de ejercicio de acciones
Se delega en la Subsecretaría la autorización para ejercer acciones de cualquier naturaleza en materias competenciales y la defensa ante la jurisdicción penal de funcionarios públicos.
Duodécimo. Delegación de competencias en materia de consorcios de las zonas francas
Se delega en la Subsecretaría las atribuciones relativas a la organización y funcionamiento de los Consorcios de las Zonas Francas.
Decimotercero. Delegación de competencias en el ámbito de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda
Se delega en la Subsecretaría las competencias de la titular del Ministerio en los párrafos d), h), i), j) y m) del artículo 8.1 del Estatuto de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, aprobado por Real Decreto 1114/1999.
Decimocuarto. Delegación de competencias en materia de publicaciones
Se delega en la Subsecretaría la aprobación del Programa Editorial del Departamento. Se delega en la Secretaría General Técnica la aprobación de publicaciones por necesidad y urgencia, conforme al procedimiento excepcional del Real Decreto 118/2001.
Decimoquinto. Delegación de competencias en materia de función pública
Se delegan competencias en la Secretaría de Estado (nombramientos, premios, sanciones graves, concursos), Dirección General (asimilaciones, asistencias), Oficina Conflictos (informes, resoluciones conforme) y INAP (listas selectivas).
Decimosexto. Delegación de competencias en otras materias
Se delegan competencias en la Secretaría de Estado de Presupuestos, la Subsecretaría, la Agencia Tributaria (con límites de 1.500.000 euros) y la Secretaría General Técnica. La Subdirección General gestiona autorizaciones a cooperativas. Debe indicarse la delegación.
Decimoséptimo. Delegación de competencias en materia de revisión de actos en vía administrativa, recursos administrativos y ejecución de sentencias
Se delega en la Secretaría General Técnica la revisión de actos y recursos de alzada. La aprobación de gastos por ejecución de sentencias depende de la cuantía: 300.000 euros (Subsecretaría), 150.000-300.000 euros (Departamento Servicios) o menos de 150.000 euros (Subdirección Gestión Financiera).
Decimoctavo. Delegación de competencias en materia de gestión económica y financiera
Se delega en la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, Direcciones Generales de Tributos y Catastro, y el Presidente del Tribunal Económico-Administrativo Central la aprobación de gastos, contratación, subvenciones y encargos hasta 600.000 euros.
Decimonoveno. Delegación de competencias en otras materias
Se delega en la Subsecretaría la convocatoria y resolución de puestos de trabajo por libre designación, así como la autorización de comisiones de servicio con indemnización exacta para altos cargos dependientes de la Secretaría de Estado.
Capítulo iv. aprobación de la delegación de competencias por la persona titular de la secretaría de estado de presupuestos y gastos — Vigésimo. Delegación de competencias en materia de revisión de actos en vía administrativa, recursos administrativos y ejecución de sentencias
Delegación en Secretaría General Técnica para revisión de oficio y recursos de alzada. Ejecución de sentencias: Subsecretaría (≥300.000€), Depto. Territorial (150k-300k€), Subdirección Gestión Financiera (<150k€).
Capítulo iv. aprobación de la delegación de competencias por la persona titular de la secretaría de estado de presupuestos y gastos — Vigésimo primero. Delegación de competencias en materia de gestión económica y financiera
Se delegan competencias de gestión económica (gastos, contratación, subvenciones) hasta 600.000 euros en las Direcciones Generales de Fondos Europeos, Plan y Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, Presupuestos y Costes de Personal.
Capítulo iv. aprobación de la delegación de competencias por la persona titular de la secretaría de estado de presupuestos y gastos — Vigésimo segundo. Delegación de competencias en otras materias
Se delega en la Subsecretaría la competencia para convocar y resolver la provisión de puestos por libre designación, y autorizar comisiones de servicio con indemnización exacta de altos cargos dependientes de la Secretaría de Estado.
Capítulo v. aprobación de la delegación de competencias por la persona titular de la secretaría de estado de función pública — Vigésimo tercero. Delegación de competencias en materia de revisión de actos en vía administrativa, recursos administrativos y ejecución de sentencias
Se delegan competencias en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Incluye resolución de revisión de oficio (arts. 106-107 Ley 39/2015) y recursos de alzada (art. 121). Para ejecución de sentencias: Subsecretaría (≥300.000€), Depto. Servicios (150.000-300.000€) y
Capítulo v. aprobación de la delegación de competencias por la persona titular de la secretaría de estado de función pública — Vigésimo cuarto. Delegación de competencias en materia de gestión económica y financiera
Delegación en Direcciones Generales y Oficina de Conflictos de Intereses hasta 600.000 euros para gastos, contratación, subvenciones y encargos. En servicio 26, límites de 150.000 y 300.000 euros para Oficialía Mayor, Departamento Territorial y Subsecretaría.
Capítulo v. aprobación de la delegación de competencias por la persona titular de la secretaría de estado de función pública — Vigésimo quinto. Delegación de competencias en materia de función pública
Se delegan en la Dirección General de la Función Pública competencias sobre comisiones de servicio, concursos de provisión, aplazamiento de cese (máx. 3 meses), permisos sindicales, movilidad por salud/violencia de género y pruebas selectivas.
Capítulo v. aprobación de la delegación de competencias por la persona titular de la secretaría de estado de función pública — Vigésimo sexto. Delegación de competencias en otras materias
Se delega en la Subsecretaría la competencia para convocar y resolver la provisión de puestos por libre designación, y autorizar comisiones de servicio con indemnización exacta de altos cargos dependientes de la Secretaría de Estado.
Capítulo vi. aprobación de delegaciones de competencias por la persona titular de la subsecretaría de hacienda y función pública — Vigésimo séptimo. Delegación de competencias en materia de comisiones de servicio con derecho a indemnización
Se delega la designación de comisiones de servicio con indemnización en órganos superiores, Delegaciones de Economía y Hacienda, Gabinete Técnico y Departamento de Servicios. Se excluyen altos cargos y presidentes de organismos públicos.
Capítulo vi. aprobación de delegaciones de competencias por la persona titular de la subsecretaría de hacienda y función pública — Vigésimo octavo. Delegación de competencias en materia de recursos humanos
Se delegan competencias de RRHH. La Subsecretaría delega en Secretarías de Estado (nombramientos nivel 30, eventual). En el Depto. Territorial: funcionarios (nombramientos, excedencias, comisiones, trienios) y laborales (contratos). En Subdirección RRHH: tomas de posesión, jubilaciones, permisos, re
Capítulo vi. aprobación de delegaciones de competencias por la persona titular de la subsecretaría de hacienda y función pública — Vigésimo noveno. Delegación de competencias en materia disciplinaria
Delegación disciplinaria en órganos directivos (faltas leves), presidentes de organismos autónomos (sanciones excepto separación) y Depto. Servicios Territorial (incoación y faltas leves). La Subdirección RRHH tramita faltas graves/muy graves.
Trigésimo. Delegación de competencias en materia de recursos
Se delega en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y Función Pública la resolución de los recursos administrativos regulados en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Trigésimo primero. Delegación de competencias en materia de archivos y publicaciones
Se delega en la Secretaría General Técnica de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública la competencia del artículo 13.4.a) del Real Decreto 1708/2011 sobre el Sistema Español de Archivos, y la propuesta del Programa Editorial del Departamento atribuida a la Subsecretaría en el artículo 2.2 del
Trigésimo segundo. Delegación de competencias en materia de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas
Se delega en la Inspección General de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública las competencias de incompatibilidades previstas en los artículos 9 y 14 de la Ley 53/1984, y las derivadas del artículo 15 de la Ley 3/2015.
Trigésimo tercero. Ejercicio de competencias delegadas
El órgano delegante puede avocar asuntos en cualquier momento. Los titulares pueden someter expedientes trascendentes al Ministro. La resolución debe indicar expresamente el uso de la delegación.
Trigésimo cuarto. Eficacia
La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Se derogan la Orden HAC/134/2021, la Orden TFP/747/2020 y la Orden de 18 de noviembre de 1999. Se exceptúan delegaciones de competencias que surtirán efectos al aprobarse la estructura presupuestaria. Los procedimientos iniciados,
Información general
Temas
Notas oficiales
Efectos, con la salvedad indicada en el apartado 34.2, desde el 1 de enero de 2022.
Leyes en las que se basa
- en la forma indicada, la Orden de 18 de noviembre de 1999 BOE-A-1999-22960
- los arts. 9 y 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre BOE-A-2015-10566
- en la forma indicada, la Orden TFP/747/2020, de 28 de julio BOE-A-2020-8940
- en la forma indicada, la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero BOE-A-2021-2527
Leyes que la modifican
- el apartado 16.4, por Orden HFP/270/2022, de 1 de abril BOE-A-2022-5495
- lo indicado, por Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo BOE-A-2024-10005
- lo indicado, por Orden HAC/1185/2024, de 23 de octubre BOE-A-2024-22173
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