Orden SND/386/2020, de 3 de mayo, por la que se flexibilizan determinadas restricciones sociales y se determinan las condiciones de desarrollo de la actividad de comercio minorista y de prestación de servicios, así como de las actividades de hostelería y restauración en los territorios menos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
También conocida como: O 386/2020, O 386/20Normas para reabrir comercios, bares y restaurantes con medidas de seguridad durante la desescalada del COVID-19.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 9 de mayo de 2020Reforma BOE-A-2020-4911Ver qué cambió →
- 3 de mayo de 2020Versión original BOE-A-2020-4791
Información general
Temas
Notas oficiales
Aplicable a las islas de Formentera, la Gomera, el Hierro y la Graciosa.
Efectos desde las 00:00 horas del 4 de mayo de 2020.
Vigencia en la forma indicada en la disposición final 3.
Leyes en las que se basa
- Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio BOE-A-1981-12774
- los arts. 4, 7 y 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo BOE-A-2020-3692
- la Orden SND/298/2020, de 29 de marzo BOE-A-2020-4173
Leyes que la modifican
- por Orden SND/399/2020, de 9 de mayo BOE-A-2020-4911
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