Ley 5/2017, de 29 de septiembre, por la que se modifica la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal, para recuperar la independencia de la Corporación RTVE y el pluralismo en la elección parlamentaria de sus órganos
También conocida como: L 5/2017, L 5/17Esta ley cambia cómo se eligen los directivos de RTVE para asegurar que sean independientes y representen mejor la pluralidad de la sociedad.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 31 de julio de 2021Reforma BOE-A-2021-13018Ver qué cambió →
- 23 de junio de 2018Reforma BOE-A-2018-8577Ver qué cambió →
- 30 de septiembre de 2017Versión original BOE-A-2017-11091
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo único — Modificación de la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal
El Consejo de Administración de RTVE tendrá 10 miembros, elegidos por las Cortes (6 Congreso, 4 Senado) con mayoría de dos tercios. Se exige audiencia previa. El Presidente se designa entre ellos. Se aplica la Ley 19/2013 de transparencia.
Disposición transitoria primera
Se seleccionarán nuevos candidatos y se elegirá un nuevo Consejo y Presidente de RTVE. Si no hay mayoría de dos tercios en primera votación, bastará mayoría absoluta en segunda tras 15 días, si la candidatura propone al menos la mitad de los grupos.
Disposición transitoria segunda
Las Cortes aprueban en 3 meses la selección de miembros del Consejo de Administración y Presidente de RTVE por concurso con un Comité de Expertos (10 años experiencia). El Comité se designa en 10 días por la Comisión Mixta. Tras su informe, el Congreso y Senado eligen a los vocales.
Disposición transitoria tercera
Para la primera elección según el nuevo procedimiento, los consejeros de RTVE podrán ser renovados, a pesar de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 17/2006.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Ley 5/2017, de 29 de septiembre, que modifica la Ley 17/2006 sobre la radio y televisión estatal, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- los arts. 10.1, 11, 12.2 y AÑADE el art. 43 a la Ley 17/2006, de 5 de junio BOE-A-2006-9958
Leyes que la modifican
- la disposición transitoria 2, por Real Decreto-ley 4/2018, de 22 de junio BOE-A-2018-8577
- en el Recurso 3883/20218, la inconstitucionalidad y nulidad de la disposición transitoria 2 con los efectos del fj 3, en la redacción dada por la disposición final 1 del Real Decreto-ley 4/2018, de 22 de junio , por Sentencia 134/2021, de 24 de junio BOE-A-2021-13018
- en el Recurso 4129/2018, la pérdida sobrevenida del objeto, en los términos del fj 2 a) en relación con la disposición transitoria 2, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 4/2018, de 22 de junio, por Sentencia 45/2023, de 10 de mayo BOE-A-2023-13956
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