Ley 5/2015, de 26 de marzo, de reconocimiento de la universidad privada "Universidad Internacional de Canarias", con sede en Las Palmas de Gran Canaria
También conocida como: L 5/2015, L 5/15Esta ley autoriza la creación y puesta en marcha de la Universidad Internacional de Canarias, una nueva institución privada en Las Palmas.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 30 de marzo de 2017Reforma BOE-A-2017-7820Ver qué cambió →
- 31 de marzo de 2015Versión original BOE-A-2015-4285
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Reconocimiento de la «**Universidad del Atlántico Medio**» y régimen jurídico
Se reconoce la Universidad del Atlántico Medio, promovida por la Fundación Canaria Bravo Murillo, como universidad privada en Las Palmas de Gran Canaria. Su titularidad corresponde a la Fundación Canaria Universitaria Internacional de Canarias.
Artículo 2 — Centros y enseñanzas de la Universidad del Atlántico Medio
La universidad constará de los centros y enseñanzas oficiales con validez nacional que se detallan en el anexo de la ley, encargados de la gestión académica y administrativa.
Artículo 3 — Comunicación de actos y negocios jurídicos
Cualquier cambio en la estructura jurídica o titularidad de la universidad debe comunicarse previamente a la consejería de educación. Esta puede denegar la conformidad en tres meses.
Artículo 4 — Autorización para la puesta en funcionamiento de la Universidad Internacional de Canarias
La universidad debe solicitar autorización para iniciar actividades en cinco años. La consejería de educación autoriza el inicio si se cumplen requisitos. La autorización caduca si no se solicita en ese plazo.
Disposición transitoria única — Caducidad del reconocimiento
El reconocimiento de la universidad caducará si no se solicita la autorización para iniciar actividades en el plazo de cinco años o si esta es denegada por incumplir requisitos o compromisos.
Disposición final primera — Desarrollo normativo
Se autoriza al Gobierno de Canarias a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de reconocimiento de la Universidad Internacional de Canarias.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Ley 5/2015, de 26 de marzo, de reconocimiento de la Universidad Internacional de Canarias, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Información general
Notas oficiales
Publicada en el BOC núm. 62, de 31 de marzo de 2015.
Leyes en las que se basa
- Art. 12.8 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto BOE-A-1982-20821
- Art. 4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre BOE-A-2001-24515
- Ley 11/2003, de 4 de abril BOE-A-2003-10625
Leyes que la modifican
- el art. 4.2 y 3 y la denominación indicada, por Ley 2/2017, de 24 de marzo BOE-A-2017-7820
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