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En vigorLey

Ley 1/2014, de 15 de mayo, de reconocimiento de la universidad privada "Universidad Fernando Pessoa-Canarias (UFP-C)", con sede en Santa María de Guía, Gran Canaria

También conocida como: L 1/2014, L 1/14
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2 de junio de 2014·22 de mayo de 2014·Comunidad Autónoma de Canarias·BOE-A-2014-5776
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley autoriza la creación y apertura de la Universidad Fernando Pessoa-Canarias, una nueva universidad privada situada en Gran Canaria.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

7
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1
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Reconocimiento de la «Universidad Fernando Pessoa-Canarias (UFP-C)» y régimen jurídico

    Se reconoce la Universidad Fernando Pessoa-Canarias (UFP-C) como privada en Canarias, con sede en Santa María de Guía. La entidad promotora asume responsabilidades sociales.

  2. Artículo 2 — Centros y enseñanzas de la Universidad Fernando Pessoa-Canarias

    La UFP-C tendrá centros y enseñanzas oficiales listados en el anexo de la ley, con validez en todo el territorio nacional.

  3. Artículo 3 — Comunicación de actos y negocios jurídicos

    Cualquier cambio en la estructura o titularidad de la UFP-C debe comunicarse a la consejería de educación. Puede denegarse la conformidad en tres meses.

  4. Artículo 4 — Autorización para la puesta en funcionamiento de la Universidad Fernando Pessoa-Canarias

    El inicio de actividades de la UFP-C requiere autorización del consejero de educación en un plazo de dos años. Se permite ubicación provisional por dos años máximo.

  5. Disposición transitoria única — Caducidad del reconocimiento

    El reconocimiento de la universidad caduca si, tras el plazo del artículo 4, no se solicita autorización para actividades académicas o esta se deniega por incumplir requisitos o compromisos.

  6. Disposición final primera — Desarrollo normativo

    Se autoriza al Gobierno de Canarias a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de la Ley 1/2014, de 15 de mayo, de reconocimiento de la Universidad Fernando Pessoa-Canarias (UFP-C).

  7. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Ley 1/2014, de 15 de mayo, de reconocimiento de la Universidad Fernando Pessoa-Canarias (UFP-C), entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
2 de junio de 2014
Departamento
Comunidad Autónoma de Canarias

Notas oficiales

Publicada en el BOC núm. 98, de 22 de mayo de 2014.

Leyes en las que se basa

Universidad Fernando Pessoaeducación superiorestudiar en Canariasestudios en Gran Canariatítulos universitariosuniversidad privada