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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1674/2011, de 18 de noviembre, por el que se crea el Archivo General e Histórico de Defensa

También conocida como: RD 1674/2011, RD 1674/11
Ver en BOE
19 de noviembre de 2011·Ministerio de Defensa·BOE-A-2011-18143
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma crea el Archivo General e Histórico de Defensa para organizar, conservar y facilitar el acceso a los documentos de la historia militar.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (11 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Creación del Archivo General e Histórico de Defensa

    Se crea el Archivo General e Histórico de Defensa, integrado en el Subsistema Archivístico del Ministerio de Defensa. Su sede está en Madrid y se rige por la Ley 16/1985 y el RD 2598/1998.

  2. Artículo 2 — Titularidad estatal y carácter nacional del archivo

    El Archivo General e Histórico de Defensa es de titularidad estatal y carácter nacional, siendo declarado Archivo Militar Nacional conforme al artículo 22 del Reglamento de Archivos Militares.

  3. Artículo 3 — Procedencia de sus fondos

    Los fondos provienen del Ministerio de Defensa (central, periférico, autónomos, Cuerpos Comunes). También acepta fondos de otros organismos del Ministerio no integrados en los subsistemas archivísticos de los Ejércitos.

  4. Artículo 4 — Funciones del archivo

    El archivo recibe, custodia y preserva documentación. Valora, selecciona, organiza, describe y difunde fondos. Coordina archivos que transfieren documentación y conserva documentos permanentes para información, cultura e investigación.

  5. Artículo 5 — Estructura organizativa interna

    El Archivo se estructura en: Dirección, Dirección Técnica, Área de control, Área de conservación, Área de descripción, Área de referencia y Áreas complementarias de administración, secretaría e informática.

  6. Disposición adicional primera — Gasto público

    La creación del Archivo General e Histórico de Defensa no supondrá un aumento del gasto público.

  7. Disposición adicional segunda — Unidades administrativas y puestos de trabajo

    La creación de unidades administrativas y puestos de trabajo necesarios para el Archivo se realizará mediante la modificación de las relaciones o catálogos de puestos de trabajo del Ministerio de Defensa.

  8. Disposición adicional tercera — Cambio de denominación

    Al entrar en vigor el real decreto, el actual Archivo General del Ministerio de Defensa pasará a denominarse «Archivo Central del Ministerio de Defensa».

  9. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al contenido de este real decreto.

  10. Disposición final primera — Título competencial

    El Real Decreto crea el Archivo General e Histórico de Defensa, amparado en la competencia exclusiva del Estado en Defensa y archivos estatales.

  11. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    El Real Decreto 1674/2011, de 18 de noviembre, que crea el Archivo General e Histórico de Defensa, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
19 de noviembre de 2011
Departamento
Ministerio de Defensa

Leyes en las que se basa

archivo general defensaarchivos militaresconsultar documentos defensadocumentación ejércitohistoria militarinvestigación históricapatrimonio histórico