Saltar al contenido
← Volver
En vigorInstrucción

Resolución de 12 de junio de 2010, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se amplía lo establecido en la Resolución de 2 de abril de 2007, de la Secretaria General para la Administración Pública, por la que se modifica el Manual de Imagen Institucional y la Guía para la edición y publicación de páginas web en la Administración General del Estado, con el fin de unificar la imagen institucional de la Administración Periférica

Ver en BOE
29 de junio de 2010·Ministerio de la Presidencia·BOE-A-2010-10358
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece cómo deben ser las páginas web y la imagen visual de las oficinas del Gobierno en las distintas provincias y comunidades.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

4
Artículos
1
Versiones
6
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (4 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Aplicación de la imagen institucional «Gobierno de España» a las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

    La imagen institucional «Gobierno de España» (logotipo, escudo y colores) se aplica a Delegaciones y Subdelegaciones, campañas de publicidad y páginas web, conforme al Real Decreto 1465/1999 y la Orden de 27 de septiembre de 1999.

  2. Segundo. Supuestos de uso

    La imagen institucional se usa en señalización interior/exterior, papelería y publicaciones. Las composiciones adaptadas figuran en el anexo I de esta Resolución.

  3. Tercero. Criterios de uso

    El uso de la imagen sigue el Manual de Imagen Institucional. Los elementos están en el Portal de Imagen (http://imagen.mpr.es, Intranet Red Sara), con teléfono y email para dudas.

  4. Cuarto. Entrada en vigor:

    La Resolución de 12 de junio de 2010, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
29 de junio de 2010
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • en BOE num. 189 de 5 de agosto de 2010 BOE-A-2010-12600
comunicación oficialdelegaciones del gobiernodiseño web públicoidentidad visual administraciónimagen institucionalpáginas web gobiernotransparencia digital