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Ya no está en vigorInstrucción

Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el "Boletín Oficial del Estado" por las entidades del sector público estatal empresarial y fundacional que no tengan obligación de publicar sus cuentas anuales en el registro mercantil

Ver en BOE
24 de septiembre de 2009·8 de junio de 2021·Ministerio de Economía y Hacienda·BOE-A-2009-15132
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma obliga a empresas y fundaciones públicas que no cotizan en el registro a publicar sus cuentas y datos económicos en el BOE.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6
Artículos
3
Versiones
7
Categorías

Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
24 de septiembre de 2009
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Leyes en las que se basa

  • el art. 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre BOE-A-2003-21614
  • la Resolución de 23 de diciembre de 2005 BOE-A-2006-332

Leyes que la modifican

  • lo indicado de los apartados 1 a 4, por Resolución de 3 de junio de 2013 BOE-A-2013-6043
  • por Resolución de 2 de junio de 2021 BOE-A-2021-9494
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