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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1923/2008, de 21 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interministerial para la Juventud y se regulan sus funciones, composición y funcionamiento

También conocida como: RD 1923/2008, RD 1923/08
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4 de diciembre de 2008·1 de agosto de 2025·Ministerio de Igualdad·BOE-A-2008-19525
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma crea un grupo de trabajo entre ministerios para coordinar las políticas y ayudas destinadas a mejorar la situación de los jóvenes.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Artículo 1 — Creación y adscripción

    Se crea la Comisión Interministerial para la Juventud como órgano específico de programas de juventud de la Administración General del Estado. Queda adscrita al Ministerio de Juventud e Infancia.

  2. Artículo 2 — Funciones

    La Comisión propone programas de política juvenil, estudia problemas y propone medidas, coordina departamentos ministeriales, atiende al Consejo de la Juventud de España, ejecuta iniciativas y cumple tareas encomendadas por el Gobierno.

  3. Artículo 3 — Composición

    La Comisión la preside el Ministro de Juventud e Infancia, con dos vicepresidencias (Secretaría de Estado y Director General del Instituto de la Juventud). Incluye vocales de Departamentos y del Consejo de la Juventud, y una Secretaría del Instituto.

  4. Artículo 4 — Secretaría General

    La Comisión Interministerial cuenta con una Secretaría General, dirigida por el Secretario de la Comisión, que actúa como unidad administrativa de apoyo a la propia Comisión.

  5. Artículo 5 — Funcionamiento

    La Comisión funciona en Pleno (mínimo 2 reuniones/año) y Comisión Permanente (mínimo 1 cada 3 meses, integrada por Vicepresidentes y 4 vocales). Sus funciones incluyen coordinación, urgencias y seguimiento. El Instituto de la Juventud la asiste.

  6. Artículo 6 — Régimen jurídico

    El régimen jurídico de la Comisión Interministerial para la Juventud, tanto del Pleno como de la Comisión Permanente, se ajusta a lo establecido en el capítulo II, título II, de la Ley 30/1992.

  7. Artículo 7 — Grupos de trabajo

    La Comisión Interministerial para la Juventud puede crear grupos de trabajo con funcionarios especializados designados por los Ministerios. Su constitución y funcionamiento se regulan por la propia Comisión.

  8. Artículo 8 — Financiación

    El funcionamiento de la Comisión no incrementa el gasto público. Se gestiona con recursos existentes en el Departamento y el Instituto de la Juventud. El Pleno propone los recursos para los gastos de los planes aprobados.

  9. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Queda derogado el Real Decreto 1288/1999, de 23 de julio, que refundía y actualizaba las normas reguladoras de la Comisión Interministerial para la Juventud y la Infancia.

  10. Disposición final única — Entrada en vigor

    El Real Decreto 1923/2008, de 21 de noviembre, que crea la Comisión Interministerial para la Juventud, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
4 de diciembre de 2008
Departamento
Ministerio de Igualdad

Leyes en las que se basa

  • el Real Decreto 1288/1999, de 23 de julio BOE-A-1999-18238
  • el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril BOE-A-2008-6719

Leyes que la modifican

ayudas jóvenesderechos de los jóvenesemancipación juvenilempleo jovenorganismos públicosparticipación juvenilpolíticas de juventud