Real Decreto 1923/2008, de 21 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interministerial para la Juventud y se regulan sus funciones, composición y funcionamiento
También conocida como: RD 1923/2008, RD 1923/08Esta norma crea un grupo de trabajo entre ministerios para coordinar las políticas y ayudas destinadas a mejorar la situación de los jóvenes.
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Artículo por artículo
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Artículo 1 — Creación y adscripción
Se crea la Comisión Interministerial para la Juventud como órgano específico de programas de juventud de la Administración General del Estado. Queda adscrita al Ministerio de Juventud e Infancia.
Artículo 2 — Funciones
La Comisión propone programas de política juvenil, estudia problemas y propone medidas, coordina departamentos ministeriales, atiende al Consejo de la Juventud de España, ejecuta iniciativas y cumple tareas encomendadas por el Gobierno.
Artículo 3 — Composición
La Comisión la preside el Ministro de Juventud e Infancia, con dos vicepresidencias (Secretaría de Estado y Director General del Instituto de la Juventud). Incluye vocales de Departamentos y del Consejo de la Juventud, y una Secretaría del Instituto.
Artículo 4 — Secretaría General
La Comisión Interministerial cuenta con una Secretaría General, dirigida por el Secretario de la Comisión, que actúa como unidad administrativa de apoyo a la propia Comisión.
Artículo 5 — Funcionamiento
La Comisión funciona en Pleno (mínimo 2 reuniones/año) y Comisión Permanente (mínimo 1 cada 3 meses, integrada por Vicepresidentes y 4 vocales). Sus funciones incluyen coordinación, urgencias y seguimiento. El Instituto de la Juventud la asiste.
Artículo 6 — Régimen jurídico
El régimen jurídico de la Comisión Interministerial para la Juventud, tanto del Pleno como de la Comisión Permanente, se ajusta a lo establecido en el capítulo II, título II, de la Ley 30/1992.
Artículo 7 — Grupos de trabajo
La Comisión Interministerial para la Juventud puede crear grupos de trabajo con funcionarios especializados designados por los Ministerios. Su constitución y funcionamiento se regulan por la propia Comisión.
Artículo 8 — Financiación
El funcionamiento de la Comisión no incrementa el gasto público. Se gestiona con recursos existentes en el Departamento y el Instituto de la Juventud. El Pleno propone los recursos para los gastos de los planes aprobados.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Queda derogado el Real Decreto 1288/1999, de 23 de julio, que refundía y actualizaba las normas reguladoras de la Comisión Interministerial para la Juventud y la Infancia.
Disposición final única — Entrada en vigor
El Real Decreto 1923/2008, de 21 de noviembre, que crea la Comisión Interministerial para la Juventud, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el Real Decreto 1288/1999, de 23 de julio BOE-A-1999-18238
- el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril BOE-A-2008-6719
Leyes que la modifican
- los arts. 1.2 y 3, por Real Decreto 608/2025, de 8 de julio BOE-A-2025-15940
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