Saltar al contenido
← Volver
En vigorLey

Ley 13/2005, de 22 de diciembre, del Misteri d'Elx

También conocida como: L 13/2005, L 13/05
Ver en BOE
17 de febrero de 2006·30 de diciembre de 2005·Comunidad Valenciana·BOE-A-2006-2783
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula y protege el Misteri d'Elx como patrimonio cultural único, asegurando su conservación y apoyo institucional para futuras generaciones.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

58
Artículos
1
Versiones
5
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (58 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto de la ley

    La ley adopta medidas de protección y promoción de la Festa o Misteri d’Elx, Bien de Interés Cultural. Asimismo, regula los órganos rectores y artísticos que dirigen e intervienen en su gobierno y representación.

  2. Artículo 2 — Finalidades del Patronato del Misteri d’Elx

    El Patronato protege, mantiene y celebra la Festa según la tradición. Promueve su difusión y salvaguarda el patrimonio mueble, inmueble e inmaterial. Se respetan las competencias de la Generalitat en patrimonio cultural y de la Iglesia Católica en liturgia.

  3. Artículo 3 — Naturaleza del Patronato del Misteri d’Elx

    El Patronato es un ente público con autonomía, adscrito a cultura, con sede en la Casa de la Festa de Elche.

  4. Artículo 4 — Órganos de gobierno

    Los órganos de gobierno del Patronato del Misteri d'Elx son el Patronato Rector y la Junta Rectora.

  5. Artículo 5 — Composición del Patronato Rector

    El Patronato Rector del Misteri d'Elx lo integran el presidente de la Generalitat (honor), el alcalde de Elche, el conseller de cultura, el obispo de Orihuela-Alicante, el presidente de la Diputación de Alicante, el titular de la Secretaría Autonómica de cultura, el de la Dirección General de patrim

  6. Artículo 6 — Funciones del Patronato Rector

    El Patronato Rector define directrices, aprueba presupuestos, memorias y cuentas anuales, y controla a la Junta Rectora.

  7. Artículo 7 — Composición de la Junta Rectora del Patronat del Misteri d’Elx

    La Junta Rectora del Misteri d'Elx la forman el alcalde de Elche, el rector de Santa María y el titular de la dirección general de patrimonio cultural, como presidentes efectivos. Además, cuenta con 27 vocales designados por la Generalitat, el alcalde de Elche y el obispo de Orihuela-Alicante.

  8. Artículo 8 — Funciones de la Junta Rectora del Patronato del Misteri d’Elx

    La Junta Rectora gestiona la Festa, garantiza representaciones, representa al Patronato y aprueba el anteproyecto de presupuestos.

  9. Artículo 9 — Adopción de acuerdos

    Los acuerdos se adoptan por mayoría simple. La votación es secreta si se solicita. El presidente tiene voto de calidad en caso de empate.

  10. Artículo 10 — Atribuciones del presidente o presidenta ejecutivo de la Junta Rectora del Patronato del Misteri d’Elx

    El presidente convoca reuniones, modera debates y propone comisiones. Resuelve asuntos de la Festa dando cuenta a la Junta y elabora la memoria anual.

  11. Artículo 11 — Causas de destitución

    Se destituye a vocales por incumplimiento, conducta indebida o faltas injustificadas (3 consecutivas o mitad anuales). Requiere voto favorable de 3/4 del resto y audiencia previa.

  12. Artículo 12 — Comisiones de la Junta Rectora

    La Junta crea comisiones obligatorias: Económica, Capella y Representaciones. Las preside un miembro designado, salvo la Económica, presidida por el tesorero.

  13. Artículo 13 — Comisión Económica

    La Comisión Económica, presidida por el tesorero, prepara informes de ingresos y gastos. Se reúne al menos cada dos meses.

  14. Artículo 14 — Comisión de Capella

    La Comisión de Capella prepara informes sobre la Capella. Se reúne cada 3 meses. La Junta Rectora fija el número de miembros. Dos son designados por la Comisión de Cantores. Son miembros natos el maestro de Capella y el delegado de cantores.

  15. Artículo 15 — Comisión de Representaciones

    La Comisión de Representaciones prepara las representaciones ordinarias y extraordinarias del Misteri. Se reúne antes de cada periodo de representaciones. La Junta Rectora fija el número de miembros. Es miembro nato el maestro de ceremonias.

  16. Artículo 16 — Secretario o secretaria

    El secretario o secretaria de la Junta Rectora gestiona la correspondencia, redacta y certifica las actas de las reuniones y firma los documentos expedidos, con el visto bueno del presidente o presidenta.

  17. Artículo 17 — Tesorero o tesorera

    El tesorero o tesorera gestiona la contabilidad del Patronato, administra las cantidades recibidas y elabora las cuentas anuales y el anteproyecto de presupuesto, dando cuenta a la Junta Rectora.

  18. Artículo 18 — Archivero o archivera

    El archivero del Patronato del Misteri d’Elx es responsable de la conservación de documentos y publicaciones. Coordina investigaciones impulsadas por el Patronato y propone líneas de trabajo a la Junta Rectora.

  19. Artículo 19 — Portaestandarte y personalidades electas

    La Junta Rectora elige al portaestandarte y a dos personalidades antes de cada representación, entre quienes tengan méritos para la Festa.

  20. Artículo 20 — Régimen de los órganos colegiados

    Los órganos colegiados se rigen por esta ley y, supletoriamente, por el capítulo II del título II de la Ley 30/1992.

  21. Artículo 21 — Funciones, composición y dependencia

    La Capella, integrada por cantores, maestros, ayudantes y organistas, ensaya y pone en escena la Festa bajo la dependencia de la Junta Rectora.

  22. Artículo 22 — Maestro de Capella

    El maestro de Capella dirige, forma y selecciona voces, fija ensayos y repertorio, cuidando la tradición. Los papeles clave deben ser sacerdotes.

  23. Artículo 23 — Maestro de Capella suplente

    El maestro suplente colabora con el titular, realiza sus tareas y lo sustituye en vacante, ausencia o enfermedad.

  24. Artículo 24 — Ayudantes del maestro de Capella

    El maestro de Capella puede solicitar a la Junta Rectora la colaboración de ayudantes para mejorar el rendimiento.

  25. Artículo 25 — Maestro de ceremonias

    El maestro de ceremonias dirige la escena según tradición. Cuenta con un suplente y consuetas para transmitir órdenes.

  26. Artículo 26 — Maestro de ceremonias suplente

    El maestro de ceremonias suplente colabora con el titular, realiza sus tareas y lo sustituye en vacante, ausencia o enfermedad.

  27. Artículo 27 — Organista

    El o la organista del Misteri actúa bajo las órdenes del maestro de Capella, siempre de acuerdo con la partitura de la Festa.

  28. Artículo 28 — Organista suplente

    El organista suplente colabora con el titular y lo sustituye en caso de vacante, ausencia o enfermedad.

  29. Artículo 29 — Designación de los cargos

    La Junta Rectora designa a los titulares y suplentes de maestro de Capella, maestro de ceremonias y organista, a propuesta de los titulares.

  30. Artículo 30 — Duración de los cargos

    Los cargos de maestros, organistas y suplentes duran el periodo que determine la Junta Rectora.

  31. Artículo 31 — Participación en la representación del Misteri

    Los miembros de la Capella participan en las representaciones del Misteri, a criterio del maestro de Capella.

  32. Artículo 32 — Participación en otros actos

    La Capella actúa en la Basílica y otros actos con autorización de la Junta Rectora.

  33. Artículo 33 — Antiguos cantores

    Los cantores que dejan la Capella reciben la distinción de antiguo cantor, salvo destitución.

  34. Artículo 34 — Causas de destitución

    La destitución se produce por ausencias injustificadas, incumplimiento de directrices, conducta inadecuada o participación no autorizada en otros grupos. La Junta Rectora decide tras oír al maestro de Capella.

  35. Artículo 35 — Bajas temporales

    Los cantores solicitan baja temporal por escrito al presidente de la Junta Rectora. Dura máximo un año, salvo enfermedad o fuerza mayor. La plaza se cubre provisionalmente. Para reincorporarse, el titular debe pedirlo por escrito.

  36. Artículo 36 — Delegado de cantores

    Los cantores eligen cada cuatro años a un delegado que representa sus intereses en la Junta Rectora. La elección es secreta, requiere quórum del 25% y gana el más votado. El delegado forma parte de comisiones de Capella y Representaciones.

  37. Artículo 37 — Comisión de Cantores

    La Comisión de Cantores está formada por el delegado (presidente) y doce cantores. Colaboran con el delegado y realizan funciones asignadas por el maestro de Capella y la Junta Rectora. Se eligen con el mismo procedimiento que el delegado.

  38. Artículo 38 — Sugerencias y peticiones

    Los miembros de la Capella pueden presentar sugerencias o peticiones ante la Junta Rectora mediante un escrito firmado por el delegado.

  39. Artículo 39 — Funciones y dependencia

    La Escolanía del Misteri d’Elx depende de la Junta Rectora y debe seguir sus directrices.

  40. Artículo 40 — Participación en la representación del Misteri

    Los niños de la Escolanía pueden participar en las representaciones del Misteri, según el criterio del maestro de Capella.

  41. Artículo 41 — Participación en otros actos

    La Escolanía interviene en la Basílica de Santa María, especialmente en honor a Nuestra Señora de la Asunción, y excepcionalmente en otros actos fuera de ella, previa autorización de la Junta Rectora.

  42. Artículo 42 — Régimen general

    La Festa o Misteri d’Elx recibe protección y promoción como Bien de Interés Cultural conforme a la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.

  43. Artículo 43 — Apoyo jurídico y técnico

    La Generalitat, el Ayuntamiento de Elche y la Iglesia Católica garantizan el respeto al Misteri y prestan apoyo jurídico, técnico, litúrgico y teológico al Patronato para defender sus derechos.

  44. Artículo 44 — Apoyo presupuestario

    El Patronato del Misteri d’Elx recibe apoyo presupuestario anual y adecuado de las instituciones para garantizar la celebración de la Festa según la tradición y su salvaguarda.

  45. Artículo 45 — Beneficios fiscales

    La Generalitat gestiona máximas exenciones fiscales para quienes colaboren económicamente con el Patronato y promueve el reconocimiento de la Festa como actividad prioritaria de mecenazgo.

  46. Artículo 46 — Protector o Protectora del Misteri d’Elx

    El Patronato Rector otorga el título de Protector del Misteri a quienes destaquen en su conservación. Este título se puede retirar por sentencia firme delictiva o atentado al buen nombre de la Festa, mediante acuerdo unánime.

  47. Artículo 47 — Protección de los símbolos

    El Consell de la Generalitat determina los símbolos del Misteri como emblemas públicos mediante decreto. La Junta Rectora tiene la facultad exclusiva para autorizar el uso de dichos símbolos.

  48. Artículo 48 — Protección de los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes

    El delegado de cantores representa al colectivo para hacer efectivos los derechos de propiedad intelectual, sin perjuicio de los derechos individuales. El maestro de Capella y el maestro de ceremonias son considerados director de orquesta y de escena.

  49. Artículo 49 — Fomento del conocimiento y de la investigación científica

    La Generalitat, el Ayuntamiento de Elche y la Iglesia Católica promueven el conocimiento de la Festa, especialmente en la comunidad educativa. Asimismo, fomentan la investigación científica para salvaguardar y valorizar el Misteri.

  50. Artículo 50 — Protección de la Basílica de Santa María

    La Basílica de Santa María recibe especial protección de la Generalitat. Cualquier intervención en el edificio o sus pertenencias debe respetar las necesidades del Misteri, al ser escenario tradicional de la Festa.

  51. Artículo 51 — Salvaguarda y promoción de tradiciones artesanales vinculadas

    La Generalitat y el Ayuntamiento de Elche promueven la salvaguarda y difusión de los conocimientos y prácticas artesanales vinculados a la representación del Misteri, respetando la tradición.

  52. Artículo 52 — Salvaguarda y promoción de la lengua

    La Generalitat y el Ayuntamiento de Elche velan por mantener la lengua de la Festa en su pureza según el consueta. También se promueve su conocimiento histórico y cultural, especialmente entre miembros de la Capella y Escolanía.

  53. Disposición adicional — Adaptación de la denominación y subrogación

    Las referencias al Patronato Nacional pasan al Patronato del Misteri d’Elx, que hereda sus bienes y derechos.

  54. Disposición transitoria primera — Constitución de la Junta Rectora

    La nueva Junta Rectora del Patronato del Misteri d'Elx se constituirá en 6 meses. La mitad de los vocales serán de la Junta a extinguir, por 4 años.

  55. Disposición transitoria segunda — Constitución del Patronato Rector

    La constitución del Patronato Rector del Misteri d'Elx se realizará en la primera reunión que se celebre después de la entrada en vigor de la Ley 13/2005, de 22 de diciembre.

  56. Disposición derogatoria — Derogación de normas

    Quedan derogadas todas las normas del mismo rango o de rango inferior en lo que contradigan o se opongan a la Ley 13/2005, de 22 de diciembre, del Misteri d'Elx.

  57. Disposición final primera — Autorización para el desarrollo reglamentario

    Se autoriza al Consell de la Generalitat para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para desarrollar esta ley.

  58. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Ley 13/2005, de 22 de diciembre, del Misteri d'Elx, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
17 de febrero de 2006
Departamento
Comunidad Valenciana

Notas oficiales

Publicada en el DOCV núm. 5166, de 30 de diciembre de 2005.

Leyes en las que se basa

ElcheMisteri d'Elxcultura valencianafiestas tradicionalespatrimonio culturalprotección culturalteatro medieval