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En vigorOrden

Orden EHA/1744/2005, de 3 de junio, por la que se establecen las condiciones generales, formularios y modelos para la presentación y tramitación telemáticas de solicitudes de clasificación de empresas, y se aprueba la aplicación telemática para su tratamiento

También conocida como: O 1744/2005, O 1744/05
Ver en BOE
13 de junio de 2005·Ministerio de Economía y Hacienda·BOE-A-2005-9921
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma permite a las empresas solicitar su clasificación para contratar con el Estado de forma totalmente online, usando formularios digitales.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

5
Artículos
1
Versiones
8
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Objeto

    La Orden regula la presentación y tramitación telemática de solicitudes de clasificación de empresas, conforme al artículo 47 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobando la aplicación informática correspondiente.

  2. Segundo. Condiciones para la presentación telemática de solicitudes de clasificación de empresas

    Las solicitudes telemáticas de clasificación de empresas tienen igual validez que las presenciales si se cumplen: presentación mediante la aplicación del Ministerio de Economía y Hacienda, firma electrónica reconocida del interesado o representante, aceptación de notificaciones telemáticas mediante

  3. Tercero. Tramitación de las solicitudes de clasificación

    El plazo de tramitación comienza al aportar documentación acreditativa en 10 días. Las solicitudes sin firma electrónica deben firmarse manualmente. Las copias electrónicas tienen valor de compulsadas. Las notificaciones se tienen por recibidas al acceder al buzón. El solicitante es responsable de

  4. Cuarto. Certificados electrónicos de clasificación

    Los certificados electrónicos de clasificación tienen el mismo valor que los convencionales. Incorporan un código único de 24 caracteres alfanuméricos para verificar su autenticidad y vigencia mediante el Portal Web del Ministerio de Economía y Hacienda.

  5. Quinto. Entrada en vigor

    La Orden EHA/1744/2005 entra en vigor un mes después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
13 de junio de 2005
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero BOE-A-1996-4594
  • Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo BOE-A-1999-11499
  • Reglamento aprobado por Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre BOE-A-2001-19995
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