Saltar al contenido
← Volver
En vigorLey

Ley 8/2004, de 20 de diciembre, de Medidas Urgentes en Materia de Medio Ambiente

También conocida como: L 8/2004, L 8/04
Ver en BOE
11 de febrero de 2005·6 de agosto de 2015·Comunidad Autónoma de Aragón·BOE-A-2005-2203
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley establece medidas urgentes en Aragón para proteger el medio ambiente, regular la gestión de residuos, la caza y los espacios naturales.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

12
Artículos
3
Versiones
7
Categorías

Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Red Natural de Aragón

    Se crea la Red Natural de Aragón integrando espacios protegidos, RAMSAR, Reservas de la Biosfera, Red Natura 2000 y otros elementos de interés.

  2. Artículo 4 — Competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de residuos

    La Comunidad Autónoma de Aragón gestiona residuos (recogida, transporte, eliminación) y aprueba planes sectoriales o integrales, colaborando con particulares bajo potestades de policía.

  3. Artículo 5 — Relación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón con las entidades locales en materia de residuos

    La Administración autonómica coordina a entidades locales mediante planes vinculantes y suscribe convenios. Se declara interés público la construcción de infraestructuras de residuos que sirvan a varios municipios.

  4. Artículo 6 — Modificación de la Ley 23/2003, de 23 de diciembre, de creación del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental

    El Consejo de Dirección aprueba los Estatutos del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. Se actualizan los Anexos I y II con 68 procedimientos ambientales, caza, pesca y montes, detallando plazos (1-12 meses), efectos y competencia del Director del INAGA.

  5. Artículo 7 — Modificación de la Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza de Aragón

    Se prohíbe la caza de sarrio, cabra montés, ciervo, corzo, gamo y muflón sin licencia o autorizaciones preceptivas, o transgrediendo lo dispuesto en las mismas.

  6. Artículo 9 — Personal de las comarcas destinado a la protección del medio ambiente

    El personal de vigilancia ambiental en comarcas actúa como agente de la autoridad (funcionarios) o colaborador (laborales). Su colaboración requiere superar pruebas de aptitud organizadas por la Diputación General de Aragón.

  7. Disposición derogatoria única

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ley.

  8. Disposición final primera — Desarrollo reglamentario

    Se autoriza al Gobierno de Aragón a dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo de la Ley 8/2004, de 20 de diciembre, de Medidas Urgentes en Materia de Medio Ambiente.

  9. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Ley 8/2004, de 20 de diciembre, de Medidas Urgentes en Materia de Medio Ambiente, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
11 de febrero de 2005
Departamento
Comunidad Autónoma de Aragón

Notas oficiales

Publicada en el BOA núm. 151, de 27 de diciembre de 2004

Leyes en las que se basa

  • con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto BOE-A-1982-20819
  • art. 9.4 y AÑADE la disposición transitoria 5 a la Ley 6/1998, de 19 de mayo BOE-A-1998-13743
  • apartado 3 del art. 84 de la Ley 5/2002, de 4 de abril BOE-A-2002-9244
  • art. 5.a) y SUSTITUYE los anexos I y II de la Ley 23/2003, de 23 de diciembre BOE-A-2004-888

Leyes que la modifican

  • los arts. 3 y 8, por Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio BOA-d-2015-90531
  • el art. 2 y SE MODIFICA el 1.1, por Ley 15/2006, de 28 de diciembre BOE-A-2007-3527
conservación de humedalescuidado del entorno naturalespacios naturales protegidosgestión de residuosnormas de cazaprotección medio ambiente Aragóntrámites ambientales