Orden EHA/3987/2005, de 15 de diciembre, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, sobre requisitos de suficiencia de determinadas garantías aportadas para obtener la suspensión de la ejecución de los actos impugnados
También conocida como: O 3987/2005, O 3987/05Esta norma explica qué garantías, como avales o seguros, puedes presentar para no pagar una deuda con Hacienda mientras reclamas contra ella.
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Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo único — Requisitos de suficiencia de determinadas garantías aportadas para obtener la suspensión de la ejecución de actos impugnados en vía administrativa
Garantías para suspensión: seguro de caución (entidad autorizada, cláusulas específicas) o fianza solidaria de dos personas (deuda ≤1.500€, solvencia, renuncia beneficios división/excusión).
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se deroga el apartado Primero de la Orden de 26 de junio de 1996, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se desarrollan diversos aspectos organizativos de los Tribunales Económico-Administrativos y de su procedimiento. También se derogan cuantas disposiciones de igual o inferior rango se
Disposición final única — Entrada en vigor
La Orden EHA/3987/2005 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el apartado primero de la Orden de 26 de junio de 1996 BOE-A-1996-14839
- la disposición final única del Reglamento aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo BOE-A-2005-8662
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