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En vigorOrden

Orden EHA/3987/2005, de 15 de diciembre, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, sobre requisitos de suficiencia de determinadas garantías aportadas para obtener la suspensión de la ejecución de los actos impugnados

También conocida como: O 3987/2005, O 3987/05
Ver en BOE
21 de diciembre de 2005·Ministerio de Economía y Hacienda·BOE-A-2005-20974
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica qué garantías, como avales o seguros, puedes presentar para no pagar una deuda con Hacienda mientras reclamas contra ella.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículos
1
Versiones
5
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (3 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único — Requisitos de suficiencia de determinadas garantías aportadas para obtener la suspensión de la ejecución de actos impugnados en vía administrativa

    Garantías para suspensión: seguro de caución (entidad autorizada, cláusulas específicas) o fianza solidaria de dos personas (deuda ≤1.500€, solvencia, renuncia beneficios división/excusión).

  2. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se deroga el apartado Primero de la Orden de 26 de junio de 1996, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se desarrollan diversos aspectos organizativos de los Tribunales Económico-Administrativos y de su procedimiento. También se derogan cuantas disposiciones de igual o inferior rango se

  3. Disposición final única — Entrada en vigor

    La Orden EHA/3987/2005 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
21 de diciembre de 2005
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Leyes en las que se basa

  • el apartado primero de la Orden de 26 de junio de 1996 BOE-A-1996-14839
  • la disposición final única del Reglamento aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo BOE-A-2005-8662
aval bancariodeudas con Haciendagarantías tributariasreclamar a Haciendarecurso administrativoseguro de cauciónsuspender pago de impuestos