Real Decreto 1054/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana
También conocida como: RD 1054/2003, RD 1054/03Esta norma establece los requisitos de calidad y etiquetado que deben cumplir las leches evaporadas, condensadas y en polvo para el consumo humano.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 13 de noviembre de 2025
La leche conservada podrá reducir su lactosa y deberá indicarlo en el envase
La norma permite reducir la lactosa de la leche convirtiéndola en glucosa y galactosa, siempre que el cambio se indique en el envase de forma visible, legible e indeleble. También autoriza el uso de enzimas y aditivos alimentarios aprobados por la normativa europea.
Reforma BOE-A-2025-22947Ver qué cambió → - 6 de septiembre de 2008Reforma BOE-A-2008-14643Ver qué cambió →
- 2 de agosto de 2003Versión original BOE-A-2003-15483
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo único — Aprobación de la Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana
Se aprueba la norma de calidad para leche deshidratada. No aplica a leche en polvo para niños menores de 12 meses, regida por el Real Decreto 72/1998.
Disposición transitoria única — Régimen transitorio
Los productos pueden comercializarse hasta el 17 de julio de 2004 bajo normas anteriores. Los etiquetados antes de esa fecha pueden agotarse existencias si cumplen la normativa previa.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se derogan la Orden de 7/10/1983 (leche evaporada), Orden de 25/10/1983 (leche condensada) y Orden de 23/11/1984 (leche en polvo) que se opongan a este real decreto.
Disposición final primera — Habilitación competencial
El Estado tiene competencia exclusiva sobre bases de planificación económica y sanidad, amparado en los artículos 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución.
Disposición final segunda — Facultad de desarrollo
Los Ministros de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo pueden adoptar disposiciones para desarrollar este real decreto y actualizar la norma por normativa comunitaria.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
El Real Decreto 1054/2003, de 1 de agosto, sobre la Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- la Orden de 7 de octubre de 1983 BOE-A-1983-26941
- la Orden de 25 de octubre de 1983 BOE-A-1983-28498
- la Orden de 23 de noviembre de 1984 BOE-A-1984-26008
- la Directiva 2001/114/CE, de 20 de diciembre DOUE-L-2002-80061
Leyes que la modifican
- los apartados 1 y 2 de la norma, por Real Decreto 1472/2008, de 5 de septiembre BOE-A-2008-14643
- con efectos desde el 14 de junio de 2026, el apartado 2 de la norma, por Real Decreto 1026/2025, de 12 de noviembre BOE-A-2025-22947
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.