Orden de 8 de mayo de 1997 por la que se establece un programa de calidad sanitaria comprobada de la leche
Esta norma establece los requisitos de calidad y seguridad que debe cumplir la leche para garantizar que sea apta y saludable para el consumo.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Primero. Objeto
La Orden de 8 de mayo de 1997 regula un Programa de Calidad Sanitaria Comprobada de la Leche de Vaca.
Segundo. Leche de calidad sanitaria comprobada
La leche de calidad sanitaria comprobada requiere ser indemne de tuberculosis y brucelosis, libre de antibióticos, con menos de 400.000 células somáticas/ml y 100.000 gérmenes/ml, acreditado por laboratorios oficiales.
Tercero. Empresas colaboradoras
Las entidades compradoras de leche de vaca que cumplan los requisitos pueden ser empresas colaboradoras. Deben solicitar autorización a la Comunidad Autónoma o al Ministerio para usar la etiqueta de calidad.
Cuarto. Obligaciones de las empresas colaboradoras
Las empresas deben incluir calidad sanitaria en el precio, exigir documentación a ganaderos para usar la etiqueta y facilitar controles.
Quinto. Controles
Los órganos competentes de las Comunidades Autónomas pueden realizar controles en cualquier momento para verificar el cumplimiento de la Orden.
Sexto. Etiqueta de calidad
Las empresas autorizadas pueden usar una etiqueta de calidad con la frase 'Empresa colaboradora del Programa de Calidad Sanitaria Comprobada de la Leche'. Su uso indebido se sanciona conforme al Real Decreto 1945/1983.
Séptimo. Formación
Cooperativas y asociaciones del sector lácteo pueden obtener ayudas para formar a ganaderos en producción de leche de calidad sanitaria comprobada, según la Orden de 31 de marzo de 1997.
Disposición adicional primera — Duración del programa
El programa de calidad sanitaria comprobada de la leche, regulado por la Orden de 8 de mayo de 1997, finalizará el 31 de diciembre de 1997.
Disposición adicional segunda — Utilización de la etiqueta de calidad
La etiqueta de calidad definida en el apartado sexto puede utilizarse mientras la empresa mantenga la condición de colaboradora.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Orden de 8 de mayo de 1997 sobre calidad sanitaria de la leche entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio BOE-A-1983-19755
- el Real Decreto 1679/1994, de 22 de julio BOE-A-1994-20998
- Directiva 92/46/CE, de 16 de junio DOUE-L-1992-81529
- Directiva 94/71/CE, de 13 de diciembre DOUE-L-1994-82218
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