Saltar al contenido
← Volver
En vigorReal Decreto

Real Decreto 530/1987, de 10 de abril, por el que se regula la celebración anual del Día de las Fuerzas Armadas

También conocida como: RD 530/1987, RD 530/87
Ver en BOE
17 de abril de 1987·Ministerio de Defensa·BOE-A-1987-9403
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece la celebración anual del Día de las Fuerzas Armadas para fomentar el conocimiento y la integración del ejército con la sociedad.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6
Artículos
1
Versiones
2
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    El Día de las Fuerzas Armadas se celebra anualmente por las Unidades y Centros militares el sábado coincidente o más próximo al 30 de mayo, festividad de San Fernando.

  2. Artículo 2

    El Ministro de Defensa puede autorizar, de forma excepcional y según las circunstancias, celebrar el Día de las Fuerzas Armadas en otro día próximo a la fecha habitual.

  3. Artículo 3

    En el Día de las Fuerzas Armadas, el personal militar viste de gala. En el ámbito del Ministerio de Defensa, se engalanan de forma general los edificios y buques.

  4. Artículo 4

    Próximo al Día de las Fuerzas Armadas, las Unidades militares realizan demostraciones de adiestramiento y actividades culturales o deportivas, según la programación y forma que se ordene, para que el pueblo conozca mejor a sus ejércitos.

  5. Artículo 5

    El Ministro de Defensa está autorizado a dictar las disposiciones necesarias para desarrollar lo establecido en el Real Decreto 530/1987, de 10 de abril, que regula la celebración anual del Día de las Fuerzas Armadas.

  6. Artículo 6

    Queda derogado el Real Decreto 996/1978, de 12 de mayo, así como cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
17 de abril de 1987
Departamento
Ministerio de Defensa

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto 996/1978, de 12 de mayo BOE-A-1978-12831

Leyes que la modifican

  • y se regula el homenaje a los miembros de las Fuerzas Armadas fallecidos en acto de servicio: Orden DEF/676/2019, de 19 de junio BOE-A-2019-9373
Día de las Fuerzas Armadasactos institucionalescelebraciones ejércitodesfiles militareseventos militaresfestividades nacionales