Real Decreto-ley 1/1985, de 31 de enero, por el que se deroga el Decreto-ley 13/1969, de 11 de julio, y se exime de la exigencia del permiso de trabajo a las personas originarias de la ciudad de Gibraltar, que deseen realizar actividades lucrativas por cuenta propia en España
También conocida como: RDL 1/1985, RDL 1/85Esta norma permite a los ciudadanos de Gibraltar trabajar por cuenta propia en España sin necesidad de solicitar un permiso de trabajo.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (3 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1
Queda derogado el Decreto-ley 13/1969, de 11 de julio, sobre concesión de facilidades a los residentes civiles en Gibraltar, así como cuantas disposiciones se dictaron al amparo del mismo.
Artículo 2
Las personas originarias de Gibraltar quedan eximidas de permiso de trabajo para actividades lucrativas por cuenta propia en España, derogándose disposiciones contrarias.
Disposición final
El Real Decreto-ley 1/1985 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- el Decreto-ley 13/1969, de 11 de julio BOE-A-1969-877
Leyes que la modifican
- Acuerdo de Convalidación por Resolución de 12 de febrero de 1985 BOE-A-1985-2973
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