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En vigorDecreto urgente

Real Decreto-ley 1/1985, de 31 de enero, por el que se deroga el Decreto-ley 13/1969, de 11 de julio, y se exime de la exigencia del permiso de trabajo a las personas originarias de la ciudad de Gibraltar, que deseen realizar actividades lucrativas por cuenta propia en España

También conocida como: RDL 1/1985, RDL 1/85
Ver en BOE
4 de febrero de 1985·Jefatura del Estado·BOE-A-1985-2206
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma permite a los ciudadanos de Gibraltar trabajar por cuenta propia en España sin necesidad de solicitar un permiso de trabajo.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículos
1
Versiones
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Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (3 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    Queda derogado el Decreto-ley 13/1969, de 11 de julio, sobre concesión de facilidades a los residentes civiles en Gibraltar, así como cuantas disposiciones se dictaron al amparo del mismo.

  2. Artículo 2

    Las personas originarias de Gibraltar quedan eximidas de permiso de trabajo para actividades lucrativas por cuenta propia en España, derogándose disposiciones contrarias.

  3. Disposición final

    El Real Decreto-ley 1/1985 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
4 de febrero de 1985
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • el Decreto-ley 13/1969, de 11 de julio BOE-A-1969-877

Leyes que la modifican

  • Acuerdo de Convalidación por Resolución de 12 de febrero de 1985 BOE-A-1985-2973
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