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En vigorLey

Ley 1/1983, de 28 de septiembre, por la que se determina la sede de las Cortes de Aragón

También conocida como: L 1/1983, L 1/83
Ver en BOE
28 de octubre de 1983·7 de octubre de 1983·Comunidad Autónoma de Aragón·BOE-A-1983-28429
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley establece que la ciudad de Zaragoza es la sede oficial donde se reúnen las Cortes de Aragón para realizar su actividad parlamentaria.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículos
1
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (2 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único

    Las Cortes de Aragón tienen su sede en Zaragoza. Pueden celebrar sesiones en otros lugares de Aragón según lo establecido en su Reglamento.

  2. Disposición final

    La Ley 1/1983, de 28 de septiembre, sobre la sede de las Cortes de Aragón, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
28 de octubre de 1983
Departamento
Comunidad Autónoma de Aragón

Notas oficiales

Publicada en el BOA núm. 22, de 7 de octubre de 1983.

Leyes en las que se basa

  • el art. 13 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto BOE-A-1982-20819
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