Decreto 1842/1975, de 3 de julio, por el que se establece el Servicio de Contabilidad Patrimonial del Estado
Esta norma regula cómo el Estado organiza y controla el registro de sus edificios, terrenos y bienes para asegurar que se gestionen correctamente.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo primero
Se crea el Servicio de Contabilidad Patrimonial en la Dirección General del Patrimonio del Estado, dependiente de la Intervención General.
Artículo segundo
El Servicio de Contabilidad organiza la contabilidad del Patrimonio mobiliario del Estado para reflejar operaciones de títulos y valores, determinar resultados y rendimientos, y rendir la Cuenta de Títulos y Valores.
Artículo tercero
Se establece la Cuenta de Títulos y Valores del Estado, cuya estructura permite conocer el coste de adquisiciones anteriores, el importe de las del ejercicio (onerosas o lucrativas), enajenaciones con plusvalías/minusvalías y rendimientos por dividendos.
Artículo cuarto
La Cuenta de Títulos y Valores se rinde anualmente por el Director general del Patrimonio del Estado al Tribunal de Cuentas, a través de la Intervención General, e integra la Cuenta General del Estado según la Ley de 1911.
Artículo quinto
La contabilización y estructura de la Cuenta de Títulos y Valores siguen los criterios de valoración y reglas técnicas del Plan General de Contabilidad aprobado por Decreto de 22 de febrero de 1973.
Artículo sexto
El Ministerio de Hacienda dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo del Decreto 1842/1975, de 3 de julio, que establece el Servicio de Contabilidad Patrimonial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- Ley de Administración y Contabilidad, de 1 de julio de 1911 (Gazeta) BOE-A-1911-5386
- el art. 7 de la Ley de Bases del Patrimonio del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 1022/1964, de 15 de abril BOE-A-1964-6135
- Decreto 530/1973, de 22 de febrero BOE-A-1973-478
Leyes que la modifican
- en BOE núm. 215 de 8 de septiembre de 1975 BOE-A-1975-18787
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