Ley de 17 de junio de 1855 haciendo extensiva a los sucesores de los que poseen actualmente las Grandezas de España y Títulos de Castilla, la facultad concedida a estos para distribuirlos entre sus hijos
Esta ley permite que los actuales poseedores de títulos nobiliarios puedan repartirlos entre sus hijos, extendiendo este derecho a sus sucesores.
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Artículo único
Se extiende a los sucesores de poseedores de Grandezas y Títulos de Castilla la facultad de distribuirlos entre sus hijos, si no se realizó antes.
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