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En vigorOrden

Orden IET/2208/2015, de 20 de octubre, por la que se reconocen derechos de cobro del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética correspondientes a aportaciones indebidas realizadas en los años 2014 y 2015 al Fondo Nacional de Eficiencia Energética

También conocida como: O 2208/2015, O 2208/15
Ver en BOE
23 de octubre de 2015·Ministerio de Industria, Energía y Turismo·BOE-A-2015-11397
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma permite devolver el dinero pagado de más por empresas al Fondo Nacional de Eficiencia Energética durante los años 2014 y 2015.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (4 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Objeto

    La orden desarrolla el procedimiento para devolver ingresos indebidos al Fondo Nacional de Eficiencia Energética de 2014 y 2015, reconociendo derechos de cobro y cuantías.

  2. Segundo. Derechos de cobro y cuantías correspondientes

    Se reconocen derechos de cobro por ingresos indebidos de 2014 y 2015 a empresas como Repsol, Iberdrola y Gas Natural. Los importes se pagan con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

  3. Tercero. Ejecución de la devolución

    El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía gestiona el pago contra la cuenta específica del Fondo. Las personas jurídicas deben remitir el modelo de solicitud en 3 meses desde la publicación en el BOE. El Instituto expide el mandamiento de pago en 15 días desde la recepción.

  4. Cuarto. Eficacia

    La orden surte efectos al día siguiente de su publicación en el BOE. Contra ella cabe recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo en 2 meses, o recurso de reposición en 1 mes.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
23 de octubre de 2015
Departamento
Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Notas oficiales

Efectos desde el 24 de octubre de 2015

Leyes en las que se basa

  • el art. 75.5 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre BOE-A-2014-10517
  • Orden IET/289/2015, de 20 de febrero BOE-A-2015-1851
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