Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se determina el mando y demarcación territorial de las Compañías y Puestos de la Guardia Civil
Esta norma organiza cómo se distribuyen y dónde se ubican los cuarteles y puestos de la Guardia Civil para dar servicio a los ciudadanos.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Funciones de las Compañías y Puestos
Las Compañías y Puestos de la Guardia Civil planifican y ejecutan misiones en su demarcación. Las Comandancias pueden crear Unidades tipo Compañía para apoyo específico.
Artículo 2 — Mando de las Compañías
El mando de cada Compañía de la Guardia Civil será ejercido, con carácter general, por un Capitán de la Guardia Civil.
Artículo 3 — Clasificación de los Puestos
Las Compañías territoriales de la Guardia Civil se organizan en dos categorías: Puestos Principales y Puestos.
Artículo 4 — Mando de los Puestos
Los Puestos Principales, al mando de un Oficial, se estructuran en áreas especializadas. Los demás Puestos, al mando de un Suboficial, atienden su demarcación.
Artículo 5 — Demarcación de los Puestos
La demarcación de cada Puesto de la Guardia Civil puede abarcar uno o varios términos municipales completos o parciales, para garantizar presencia y servicio.
Disposición transitoria — Demarcaciones provisionales de Compañías y Puestos
Hasta cumplir la Ley Orgánica 2/1986, continuarán existiendo las Compañías y Puestos actuales con sus demarcaciones territoriales asignadas.
Disposición adicional — Modificación de la Orden de 6 de junio de 1997
Se modifica la Orden de 1997: el Grupo de Acción Rural pasa a ser Unidad de Acción Rural, dependiente del General Jefe. Se crean Unidades de Escoltas y de seguridad de edificios.
Disposición derogatoria — Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden.
Disposición final primera — Facultades de desarrollo
El Director general de la Guardia Civil tiene la facultad de dictar las instrucciones necesarias para la ejecución de la Orden de 8 de septiembre de 1998 sobre el mando y demarcación territorial de las Compañías y Puestos.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden de 8 de septiembre de 1998, sobre el mando y demarcación territorial de las Compañías y Puestos de la Guardia Civil, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Notas oficiales
Entrada en vigor: 12 de septiembre de 1998.
Leyes en las que se basa
- Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo BOE-A-1986-6859
- Real Decreto 1885/1996, de 2 de agosto BOE-A-1996-18075
- los apartados 7, 8 y 12 de la Orden de 6 de junio de 1997 BOE-A-1997-12856
- el art. 5 del Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo BOE-A-1997-5634
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