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En vigorOrden

Orden de 2 de febrero de 1995 por la que se aprueba la primera relación de países con protección de datos de carácter personal equiparable a la española, a efectos de transferencia internacional de datos

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10 de febrero de 1995·21 de agosto de 1998·Ministerio de Justicia e Interior·BOE-A-1995-3543
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece qué países extranjeros garantizan una protección adecuada para tus datos personales cuando se envían fuera de España.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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  1. Orden de 2 de febrero de 1995 por la que se aprueba la primera relación de países con protección de datos de carácter personal equiparable a la española, a efectos de transferencia internacional de datos — Primero

    Países del Convenio de Estrasburgo de 1981 (Alemania, Francia, Italia, etc.) tienen protección de datos equiparable, con excepciones territoriales específicas.

  2. Orden de 2 de febrero de 1995 por la que se aprueba la primera relación de países con protección de datos de carácter personal equiparable a la española, a efectos de transferencia internacional de datos — Segundo

    Australia, Israel, Hungría, Nueva Zelanda, República Checa, República de Slovakia, San Marino y Suiza tienen protección equiparable para ficheros públicos y privados.

  3. Orden de 2 de febrero de 1995 por la que se aprueba la primera relación de países con protección de datos de carácter personal equiparable a la española, a efectos de transferencia internacional de datos — Tercero

    La República de Andorra y Japón tienen protección equiparable para datos en ficheros de titularidad pública.

  4. Orden de 2 de febrero de 1995 por la que se aprueba la primera relación de países con protección de datos de carácter personal equiparable a la española, a efectos de transferencia internacional de datos — Cuarto

    Canadá ofrece protección equiparable para ficheros públicos. Para privados, las provincias de Quebec, Ontario, Saskatchewan y Columbia Británica cumplen el nivel español.

  5. Orden de 2 de febrero de 1995 por la que se aprueba la primera relación de países con protección de datos de carácter personal equiparable a la española, a efectos de transferencia internacional de datos — Quinto

    La Orden no afecta a tratados internacionales ni excepciones legales. La Agencia de Protección de Datos autoriza transferencias si se obtienen garantías adecuadas.

  6. Disposición final

    La Orden de 2 de febrero de 1995, que aprueba la primera relación de países con protección de datos equiparable a la española, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
10 de febrero de 1995
Departamento
Ministerio de Justicia e Interior

Leyes en las que se basa

  • Convenio de 28 de enero de 1981 BOE-A-1985-23447
  • arts. 32 y 33 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre BOE-A-1992-24189
  • arts. 3 y 4 del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio BOE-A-1994-14121

Leyes que la modifican

  • el apartado primero, por Orden de 31 de julio de 1998 BOE-A-1998-20252
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