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Instrucción 1/1998, de 19 de enero, de la Agencia de Protección de Datos, relativa al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación

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29 de enero de 1998·Agencia de Protección de Datos·BOE-A-1998-1943
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica cómo puedes pedir a una empresa o entidad que te enseñe, corrija o borre los datos personales que tienen sobre ti.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6
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1
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2
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Norma primera. Requisitos generales

    Los derechos de acceso, rectificación y cancelación son personales. Se ejercen ante el responsable del fichero acreditando identidad. La solicitud debe incluir datos personales, petición concreta, domicilio, fecha, firma y documentos justificativos. El responsable debe contestar en cualquier caso.

  2. Norma segunda. Derecho de acceso

    El afectado puede solicitar acceso a sus datos mediante visualización, copia, telecopia u otros medios. El responsable resuelve en un mes. Si es favorable, se entrega en 10 días. Se puede denegar si se solicita en menos de 12 meses sin interés legítimo o por excepciones legales en ficheros públicos.

  3. Norma tercera. Derechos de rectificación y cancelación

    Si los datos son inexactos, se puede solicitar rectificación o cancelación. El responsable responde en 5 días. La rectificación requiere indicar el error y la corrección. La cancelación exige borrado físico o bloqueo. No procede si causa perjuicio o hay obligación de conservación.

  4. Norma cuarta. Ficheros de prestación de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito

    En ficheros de solvencia, el responsable debe facilitar acceso, rectificación y cancelación. Ante solicitudes, se comunican datos e identidad del responsable. La rectificación cautelar procede si no hay respuesta en 5 días.

  5. Norma quinta. Ficheros con fines de publicidad

    El responsable del fichero publicitario atiende derechos de acceso, rectificación y cancelación. La entidad debe indicar su identidad. Si no se pide cancelación, se conservan datos mínimos para evitar publicidad.

  6. Disposición final única

    La Instrucción 1/1998, de 19 de enero, de la Agencia de Protección de Datos, entra en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Otro
Vigencia
En vigor
Publicación
29 de enero de 1998
Departamento
Agencia de Protección de Datos

Leyes en las que se basa

  • art. 14 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre BOE-A-1992-24189
  • Real Decreto 1332/1994, de 20 de julio BOE-A-1994-14121
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