Saltar al contenido
← Volver
Ya no está en vigorOrden

Orden de 28 de diciembre de 1988 por la que se regulan los contadores de agua fría

Ver en BOE
6 de marzo de 1989·16 de septiembre de 2011·Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo·BOE-A-1989-5084
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece las reglas técnicas y de control que deben cumplir los contadores de agua fría para asegurar que miden correctamente tu consumo.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

3
Artículos
3
Versiones
2
Categorías

Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
6 de marzo de 1989
Departamento
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre BOE-A-1985-19379
  • Ley 3/1985, de 18 de marzo BOE-A-1985-4455
  • Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio BOE-A-1986-17234
  • la disposición final primera del Real Decreto 597/1988, de 10 de junio BOE-A-1988-14490
  • la Directiva 75/33/CEE, de 17 de diciembre de 1974 DOUE-L-1975-80009

Leyes que la modifican

  • lo indicado, por Real Decreto 889/2006, de 21 de julio BOE-A-2006-14017
  • con efectos desde el 1 de diciembre de 2015, por Orden ITC/2451/2011, de 12 de septiembre BOE-A-2011-14781
avería en contadorcontador de aguafactura del aguainstalación de contadoresmedición de consumoprecinto de contadorrevisión de contadores