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En vigorCircular

Circular de 24 de septiembre de 1987, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la exención de legalización y, en su caso, de traducción por aplicación de los Convenios números 16 y 17 de la Comisión Internacional del Estado Civil (CIEC)

Ver en BOE
2 de octubre de 1987·Ministerio de Justicia·BOE-A-1987-22424
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma facilita el uso de documentos del Registro Civil entre países, evitando trámites innecesarios de traducción y legalización oficial.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

1
Versiones
4
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Información general

Tipo de ley
Circular
Vigencia
En vigor
Publicación
2 de octubre de 1987
Departamento
Ministerio de Justicia

Leyes en las que se basa

  • Convenio de 15 de septiembre de 1977 BOE-A-1981-10570
  • Convenio de 8 de septiembre de 1976 BOE-A-1983-22432
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