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En vigorOrden

Orden de 13 de septiembre de 1984 por la que se reestructura la composición y funcionamiento del Patronato del Festival Internacional de Música y Danza de Granada

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4 de octubre de 1984·27 de marzo de 1986·Ministerio de Cultura·BOE-A-1984-22625
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo se organiza y funciona el Patronato encargado de gestionar el Festival Internacional de Música y Danza de Granada.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    El Festival Internacional de Música y Danza de Granada es anual. Su finalidad es difundir música y danza, promoviendo el patrimonio musical español a través de sus creadores e intérpretes.

  2. Artículo 2

    El Festival se celebra en Granada entre junio y julio, en Alhambra, Generalife y Manuel de Falla. También puede extenderse a otras localidades de la provincia.

  3. Artículo 3

    Se desarrolla anualmente el curso «Manuel de Falla» dentro del Festival, ofreciendo enseñanzas superiores de música para completar la cultura musical.

  4. Artículo 4

    Un Patronato presidido por el Ministro de Cultura gestiona el Festival. La Comisaria del Festival, con un Director designado, elabora y ejecuta el programa.

  5. Artículo 5

    El Patronato del Festival Internacional de Música y Danza de Granada cuenta con un Consejo de Dirección integrado por el Ministro de Cultura, el Consejero de Cultura de la Junta de Andalucía y el Alcalde de Granada.

  6. Artículo 6

    El Patronato incluye vocales del INAEM, Junta de Andalucía, Ayuntamiento, Diputación, Universidad y Gobernador Civil, más designaciones libres. Un Secretario asiste sin voto.

  7. Artículo 7

    La Comisión Ejecutiva aprueba el programa, lo sigue y vigila acuerdos. La preside el Director general del INAEM con vocales de la Junta, Ayuntamiento e INAEM.

  8. Artículo 8

    Se deroga la Orden de 27 de junio de 1970 que regulaba el funcionamiento del Festival Internacional de Música y Danza de Granada.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
4 de octubre de 1984
Departamento
Ministerio de Cultura

Leyes en las que se basa

  • Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) BOE-A-1958-11341
  • la Orden de 27 de junio de 1970 BOE-A-1970-10503

Leyes que la modifican

  • los arts. 4, 6 y 7, por Orden de 11 de marzo de 1986 BOE-A-1986-7949
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