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En vigor Orden

Orden de 25 de enero de 1972 por la que se fijan las características y dimensiones de la «Medalla al Mérito en las Bellas Artes»

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28 de febrero de 1972 · Ministerio de Educación y Ciencia · BOE-A-1972-303
Resumen ciudadano

Esta norma define cómo es físicamente la Medalla al Mérito en las Bellas Artes, el premio que reconoce a personas destacadas en el mundo del arte.

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Versiones

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
28 de febrero de 1972
Departamento
Ministerio de Educación y Ciencia
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Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Orden de 25 de enero de 1972 por la que se fijan las características y dimensiones de la «Medalla al Mérito en las Bellas Artes»

Ilmo. Sr.: El Decreto 1428/1969, de 19 de diciembre, creó la «Medalla al Mérito en las Bellas Artes» para ser concedida a las personas individuales, Corporaciones e Instituciones que presten relevantes servicios al arte y a la cultura patrios, mediante sus creaciones artísticas, donativos de valiosas obras de arte a los Museos, colaboración a la restauración del Patrimonio Histórico-Artístico o Arqueológico Nacional, establecimiento de Fundaciones y Centros docentes de Bellas Artes, con su mecenazgo, o de otras formas análogas.

El artículo segundo de dicho Decreto dispone que las características y dimensiones de la citada Medalla serán determinadas por Orden ministerial.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Bellas Artes,

Este Ministerio ha dispuesto:

  1. La «Medalla al Mérito en las Bellas Artes», en sus tres categorías: de oro, plata y bronce, estará constituida por un círculo ligeramente convexo, con perfil de casquete esférico, en esmalte azul, de veinticinco milímetros de diámetro, rodeado por un marco de ovas, y sobre el que campean enlazadas las iniciales en plata, esmaltada en blanco, de las palabras Bellas Artes. Alrededor llevará una primera orla o corona de hojas de roble, y luego otra de laurel, y el todo timbrado de la Corona real española. Los elementos metálicos de la Medalla serán de oro, plata o bronce, según la respectiva categoría, y sus dimensiones, setenta milímetros en el eje vertical y cincuenta y cinco milímetros en el horizontal.

  2. La Medalla se usará colgada de una cinta corta de moaré azul, con una lista roja central de dos milímetros de ancho.

  3. En las categorías de oro y plata, esta condecoración llevará además en el lado izquierdo del pecho una placa, con idénticas características y dimensiones, de ochenta por sesenta y cinco milímetros.

  4. También podrá usarse un botón, con las dimensiones de quince milímetros de diámetro.

  5. El diseño de la Medalla, de la placa y del botón es el que figura en el dibujo anejo a la presente Orden.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V.I.

Madrid, 25 de enero de 1972.

VILLAR PALASÍ

Ilmo. Sr. Director general de Bellas Artes.

ANEJO QUE SE CITA