Orden HAP/1949/2014, de 13 de octubre, por la que se regula el Punto de Acceso General de la Administración General del Estado y se crea su sede electrónica
También conocida como: O 1949/2014, O 1949/14Es la norma que crea la web oficial para realizar trámites, consultar información y gestionar documentos con el Estado de forma digital.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 26 de noviembre de 2015Reforma BOE-A-2015-12792Ver qué cambió →
- 27 de octubre de 2014Versión original BOE-A-2014-10908
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (17 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto
La orden regula el Punto de Acceso General (PAG), su sede electrónica y el fichero de datos personales de la misma.
Artículo 2 — Alcance y características
El PAG (www.administracion.es) ofrece información sobre procedimientos y servicios de ministerios y organismos públicos. Coordina sus sedes electrónicas. Proporciona información de otras administraciones mediante instrumentos de colaboración y se ajusta al Esquema Nacional de Interoperabilidad.
Artículo 3 — Contenido y funcionalidades
El PAG garantiza acceso a portales ministeriales, sedes electrónicas, servicios más usados, portal de transparencia, datos abiertos y áreas privadas. Incluye información horizontal como ayudas y empleo. Dispone de espacio para participación ciudadana y adaptación a dispositivos móviles.
Artículo 4 — Acceso
El acceso electrónico se realiza por Internet. La atención presencial está en la oficina 060 de Madrid y delegaciones, además de registros. La atención telefónica se realiza a través del servicio de información departamental en el teléfono 060.
Artículo 5 — Titularidad y gestión
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es titular del PAG. La Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos gestiona el portal. Cada ministerio actualiza su información.
Artículo 6 — Gobernanza
Se crea un Grupo de Trabajo para coordinar la información del PAG, con representantes de ministerios y tecnología. Sus funciones incluyen colaboración, análisis de gobernanza y gestión de la sede electrónica.
Artículo 7 — Creación y ámbito de aplicación
Se crea la sede electrónica del PAG como sede central de la Administración General del Estado. Abarca todos los ministerios y organismos públicos, pudiendo extenderse a otras administraciones.
Artículo 8 — Características
La sede (https://sede.administracion.gob.es) ofrece servicios con autenticación y cumple principios de accesibilidad y seguridad. El acceso es por internet, presencial en oficinas 060 o telefónico al 060.
Artículo 9 — Contenidos
La sede incluye trámites en línea, Registro Electrónico Común, Dirección Electrónica Habilitada, apoderamientos, registro de funcionarios, servicios de autenticación y buzón de contacto.
Artículo 10 — Titularidad y gestión de la sede electrónica del PAG
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es titular de la sede. La gestiona la Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos. Los departamentos ministeriales participan en la gestión. El titular es responsable de la información, salvo en enlaces de otras administr.
Artículo 11 — Medios para la formulación de quejas y sugerencias
Las quejas y sugerencias pueden presentarse presencialmente, por correo postal o electrónicamente a través del servicio de la Inspección General. No se consideran quejas los servicios de asesoramiento electrónico para el uso de la sede.
Disposición adicional primera — Régimen económico
Las medidas de esta orden se cumplen con los medios existentes en cada Departamento u Organismo público. En ningún caso se generará incremento de gasto público.
Disposición adicional segunda — Referencias al portal 060
Las referencias al portal 060 en convenios para oficinas integradas se entienden realizadas al Punto de Acceso General (PAG).
Disposición transitoria única — Portal 060 y Sede 060
El portal 060 (www.060.es) y su sede (https://sede.060.gob.es) permanecerán en funcionamiento hasta que se ponga en marcha el Punto de Acceso General (PAG).
Disposición final primera — Desarrollo
El Secretario de Estado de Administraciones Públicas queda autorizado a dictar las instrucciones precisas necesarias para el cumplimiento de la presente orden.
Disposición final segunda — Modificación de la Orden HAP 2478/2013, de 20 de diciembre, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en el departamento y en determinados organismos adscritos al mismo
Se crea el fichero «Sede electrónica del Punto de Acceso General», titularidad de la Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos. Se añade a los ficheros de la Orden HAP 2478/2013.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
La Orden HAP/1949/2014 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- el título II del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre BOE-A-2009-18358
- lo indicado de la Orden HAP/2478/2013, de 20 de diciembre BOE-A-2014-24
Leyes que la modifican
- el anexo, por Orden HAP/2503/2015, de 25 de noviembre BOE-A-2015-12792
- y se crean sedes electrónicas derivadas: Orden TFP/303/2019, de 12 de marzo BOE-A-2019-3910
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