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En vigorOrden

Orden HAP/1949/2014, de 13 de octubre, por la que se regula el Punto de Acceso General de la Administración General del Estado y se crea su sede electrónica

También conocida como: O 1949/2014, O 1949/14
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27 de octubre de 2014·26 de noviembre de 2015·Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas·BOE-A-2014-10908
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Es la norma que crea la web oficial para realizar trámites, consultar información y gestionar documentos con el Estado de forma digital.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Artículo 1 — Objeto

    La orden regula el Punto de Acceso General (PAG), su sede electrónica y el fichero de datos personales de la misma.

  2. Artículo 2 — Alcance y características

    El PAG (www.administracion.es) ofrece información sobre procedimientos y servicios de ministerios y organismos públicos. Coordina sus sedes electrónicas. Proporciona información de otras administraciones mediante instrumentos de colaboración y se ajusta al Esquema Nacional de Interoperabilidad.

  3. Artículo 3 — Contenido y funcionalidades

    El PAG garantiza acceso a portales ministeriales, sedes electrónicas, servicios más usados, portal de transparencia, datos abiertos y áreas privadas. Incluye información horizontal como ayudas y empleo. Dispone de espacio para participación ciudadana y adaptación a dispositivos móviles.

  4. Artículo 4 — Acceso

    El acceso electrónico se realiza por Internet. La atención presencial está en la oficina 060 de Madrid y delegaciones, además de registros. La atención telefónica se realiza a través del servicio de información departamental en el teléfono 060.

  5. Artículo 5 — Titularidad y gestión

    El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es titular del PAG. La Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos gestiona el portal. Cada ministerio actualiza su información.

  6. Artículo 6 — Gobernanza

    Se crea un Grupo de Trabajo para coordinar la información del PAG, con representantes de ministerios y tecnología. Sus funciones incluyen colaboración, análisis de gobernanza y gestión de la sede electrónica.

  7. Artículo 7 — Creación y ámbito de aplicación

    Se crea la sede electrónica del PAG como sede central de la Administración General del Estado. Abarca todos los ministerios y organismos públicos, pudiendo extenderse a otras administraciones.

  8. Artículo 8 — Características

    La sede (https://sede.administracion.gob.es) ofrece servicios con autenticación y cumple principios de accesibilidad y seguridad. El acceso es por internet, presencial en oficinas 060 o telefónico al 060.

  9. Artículo 9 — Contenidos

    La sede incluye trámites en línea, Registro Electrónico Común, Dirección Electrónica Habilitada, apoderamientos, registro de funcionarios, servicios de autenticación y buzón de contacto.

  10. Artículo 10 — Titularidad y gestión de la sede electrónica del PAG

    El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es titular de la sede. La gestiona la Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos. Los departamentos ministeriales participan en la gestión. El titular es responsable de la información, salvo en enlaces de otras administr.

  11. Artículo 11 — Medios para la formulación de quejas y sugerencias

    Las quejas y sugerencias pueden presentarse presencialmente, por correo postal o electrónicamente a través del servicio de la Inspección General. No se consideran quejas los servicios de asesoramiento electrónico para el uso de la sede.

  12. Disposición adicional primera — Régimen económico

    Las medidas de esta orden se cumplen con los medios existentes en cada Departamento u Organismo público. En ningún caso se generará incremento de gasto público.

  13. Disposición adicional segunda — Referencias al portal 060

    Las referencias al portal 060 en convenios para oficinas integradas se entienden realizadas al Punto de Acceso General (PAG).

  14. Disposición transitoria única — Portal 060 y Sede 060

    El portal 060 (www.060.es) y su sede (https://sede.060.gob.es) permanecerán en funcionamiento hasta que se ponga en marcha el Punto de Acceso General (PAG).

  15. Disposición final primera — Desarrollo

    El Secretario de Estado de Administraciones Públicas queda autorizado a dictar las instrucciones precisas necesarias para el cumplimiento de la presente orden.

  16. Disposición final segunda — Modificación de la Orden HAP 2478/2013, de 20 de diciembre, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en el departamento y en determinados organismos adscritos al mismo

    Se crea el fichero «Sede electrónica del Punto de Acceso General», titularidad de la Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos. Se añade a los ficheros de la Orden HAP 2478/2013.

  17. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    La Orden HAP/1949/2014 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
27 de octubre de 2014
Departamento
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Leyes en las que se basa

  • el título II del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre BOE-A-2009-18358
  • lo indicado de la Orden HAP/2478/2013, de 20 de diciembre BOE-A-2014-24

Leyes que la modifican

  • el anexo, por Orden HAP/2503/2015, de 25 de noviembre BOE-A-2015-12792
  • y se crean sedes electrónicas derivadas: Orden TFP/303/2019, de 12 de marzo BOE-A-2019-3910
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