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En vigorLey Orgánica

Ley Orgánica 10/1991, de 8 de abril, de publicidad electoral en emisoras municipales de radiodifusión sonora

También conocida como: LO 10/1991, LO 10/91
Ver en BOE
9 de abril de 1991·Jefatura del Estado·BOE-A-1991-8478
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula cómo los partidos políticos pueden usar las emisoras de radio de los ayuntamientos para hacer publicidad durante las elecciones.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

2
Artículos
1
Versiones
7
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (2 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único

    No se contratan espacios publicitarios electorales en emisoras municipales. Los partidos tienen derecho a espacios gratuitos en circunscripciones donde presenten candidaturas, garantizando pluralismo.

  2. DISPOSICIÓN FINAL

    La Ley Orgánica 10/1991, de 8 de abril, de publicidad electoral en emisoras municipales de radiodifusión sonora, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Ley Orgánica
Vigencia
En vigor
Publicación
9 de abril de 1991
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio BOE-A-1985-11672
  • Ley Orgánica 2/1988, de 3 de mayo BOE-A-1988-11072
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