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15 may 2024

Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 7
Eliminadol) Los siguientes servicios jurídicos:
Eliminado1.º Representación legal de un cliente por un abogado, en el sentido del artículo 1 de la Directiva 77/249/CEE del Consejo en un arbitraje o una conciliación celebrada en un Estado miembro, un tercer país o ante una instancia internacional de conciliación o arbitraje, o un procedimiento judicial ante los órganos jurisdiccionales o las autoridades públicas de un Estado miembro, un tercer país o ante órganos jurisdiccionales o instituciones internacionales.
Eliminado2.º Asesoramiento jurídico prestado como preparación de uno de los procedimientos mencionados en el apartado anterior o cuando haya una indicación concreta y una alta probabilidad de que el asunto sobre el que se asesora será objeto de dichos procedimientos, siempre que el asesoramiento lo preste un abogado en el sentido del artículo 1 de la Directiva 77/249/CEE.
Antes3.º Servicios de certificación y autenticación de documentos que deban ser prestados por un notario.
Ahoral)**(Anulado)**