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31 dic 2020

Ley 9/2016, de 28 de octubre, de Regulación de los Procedimientos de Emergencia Ciudadana en la Administración de la Comunitat Valenciana

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 3
Párrafo añadido
1 bis. En el caso de los procedimientos declarados de emergencia sujetos a la legislación de contratación del sector público del Estado, se tramitarán siguiendo el procedimiento urgente previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Párrafo añadido
4. En el caso de los contratos de obras de procedimientos incluidos en el anexo de esta ley podrán licitarse conjuntamente con la redacción de su proyecto de ejecución cuando ya exista al menos un proyecto básico elaborado y cuando concurran circunstancias de interés público de carácter técnico y/o social.
ANEXO
Párrafo añadido
Punto 4.
Párrafo añadido
a) Contratos de servicios de gestión integral y contratos de servicios específicos tales como lavandería, transporte, limpieza y otros vinculados al normal desarrollo de la atención social en centros del sistema público valenciano de servicios sociales.
Párrafo añadido
b) Contratos de obras de construcción, ampliación, reforma y mejora de centros del sistema público valenciano de servicios sociales licitados por la Generalitat o cualquier otra administración pública, siempre que cuenten con financiación de la Generalitat o alguna diputación provincial.
Párrafo añadido
c) Contratos de servicios vinculados a la redacción de proyectos, estudios de seguridad, direcciones de obra y otros servicios profesionales relacionados con la ejecución de obras en el ámbito de los servicios sociales.