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15 may 2020

Ley 5/2004, de 20 de diciembre, de creación del Colegio Oficial de Guías Turísticos de las Illes Balears

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 4
AntesPara el ejercicio de la profesión de guía turístico de las Illes Balears es requisito imprescindible la incorporación al Colegio Oficial de Guías Turísticos de las Illes Balears, y todo ello sin perjuicio de lo que disponga la legislación básica estatal.
Ahora**(Derogado)**