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5 mar 2020

Ley 5/2008, de 14 de mayo, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo para viviendas de protección pública

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 1
Eliminado4. Las viviendas de precio tasado tendrán a todos los efectos la consideración de viviendas libres, y sus calidades de acabado se corresponderán con las del resto de viviendas del sector de reserva estratégica en que se ubican.
EliminadoSe entenderá por precio tasado un precio máximo de venta por metro cuadrado construido, que deberá ser inferior al precio máximo de la vivienda de protección de régimen especial regulado en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el cual se aprueba el Plan estatal 2005‑2008 para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.
EliminadoEstas viviendas no podrán transmitirse inter vivos ni podrá cederse su uso por ningún título durante el plazo mínimo de veinte años desde la fecha de la formalización de la adquisición, salvo las excepciones justificadas que se establezcan reglamentariamente.
AntesEl Gobierno de las Illes Balears establecerá por decreto la regulación y las fórmulas de control de este tipo de viviendas.
Ahora4. Las viviendas de precio tasado, destinadas a venta, opción de compra o alquiler, tendrán a todos los efectos la consideración de viviendas libres y sus calidades de acabado se corresponderán con las del resto de viviendas del sector de reserva estratégica en que se ubiquen.
Párrafo añadido
Se entenderá por precio tasado un precio máximo de venta por metro cuadrado construido, que deberá ser inferior al precio máximo de la vivienda de protección de régimen especial regulado en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.
Párrafo añadido
La renta máxima inicial anual de las viviendas a precio tasado que se destinen a alquiler será como máximo el 5 % del precio máximo de compraventa de vivienda de protección oficial de régimen especial establecido en la normativa correspondiente.
Párrafo añadido
Para el supuesto de otorgarse un derecho de opción de compra, se aplicarán los precios tasados de compraventa y alquiler señalados en este apartado.
Párrafo añadido
Estas viviendas, cuando se destinen a la compraventa, no podrán transmitirse entre vivos ni podrá cederse su uso por ningún título durante el plazo mínimo de veinte años desde la fecha de la formalización de la adquisición, salvo las excepciones justificadas establecidas reglamentariamente.
Disposición adicional segunda
AntesEl índice de intensidad de uso residencial del correspondiente decreto autonómico, en el suelo urbano consolidado por la urbanización de las áreas de uso residencial, será de 60 m2 de superficie construida mínima por vivienda, siempre que la totalidad de la edificabilidad permitida por el planeamiento municipal para tal uso, en cada solar, se destine a construir viviendas de protección pública de régimen especial o de precio general.
Ahora**(Derogada).**