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19 jul 2018
Orden ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, por la que se regula el reconocimiento del coste de una película y la inversión del productor
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 5▾
Antes2. El plazo máximo para la presentación de la solicitud será de seis meses a partir de la notificación del certificado de nacionalidad española en el caso de largometrajes, y de dos meses desde la misma fecha si se trata de cortometrajes. Estos plazos podrán ampliarse en las convocatorias cuando concurran causas que así lo justifiquen.
Ahora2. El plazo máximo para la presentación de la solicitud será de seis meses a partir de la notificación del certificado de nacionalidad española en el caso de largometrajes, y de tres meses desde la misma fecha si se trata de cortometrajes. Estos plazos podrán ampliarse en las convocatorias cuando concurran causas que así lo justifiquen.