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26 ago 2016

Orden de 22 de noviembre de 1996 por la que se prohíbe la pesca de determinadas especies pelágicas con artes de arrastre

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 1
AntesLa presente Orden es de aplicación a los buques españoles en las aguas del Atlántico comprendidas en las Regiones 2 y 3 del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM).
AhoraLa presente orden es de aplicación a los buques españoles en las aguas del Atlántico comprendidas en las Regiones 2 y 3 del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) excepto el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz y el Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste.