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7 jul 2015

Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 6
Párrafo añadido
A estos efectos se considerarán como horas umbral y mínima las menores de entre las correspondientes a los grupos que componen en cada caso la hibridación de la instalación y como número de horas equivalentes de funcionamiento máximas a efectos de percepción de la retribución a la operación, la mayor de entre las correspondientes a los grupos que componen en cada caso la hibridación. En aquellos casos en los que la instalación utilice como combustible licores negros del grupo c2 se considerarán como horas umbral y mínima correspondientes al grupo de licores negros los valores de la IT-01036.
ANEXOS I a VIII
Eliminado[Nota del BOE: Anexos I a VIII omitidos. Consulte elPDF oficial, y sus correcciones de errores:]
Eliminado[Nota del BOE: - Corrección de errores en BOE núm. 91, de 16 de abril de 2015.Ref. BOE-A-2015-4095]
Antes[Nota del BOE: - Corrección de errores en BOE núm. 195 de 12 de agosto de 2014.Ref. BOE-A-2014-8667]
Ahora[Nota del BOE: Anexos I a VIII omitidos. Consulte elPDF oficial, y sus modificaciones:]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: - Se modifica lo indicado del anexo I.6, por Orden IET/1344/2015, de 2 de julio.Ref. BOE-A-2015-7593]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: - Corrección de errores en BOE núms. 195 de 12 de agosto de 2014.Ref. BOE-A-2014-8667y núm. 91, de 16 de abril de 2015.Ref. BOE-A-2015-4095]