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21 dic 2013
Real Decreto 1362/2011, de 7 de octubre, por el que se establece un Plan Nacional de Desmantelamiento mediante la paralización definitiva de las actividades de buques pesqueros españoles incluidos en censos de caladeros internacionales y países terceros
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 3▾
AntesLa reducción global de la capacidad pesquera del Plan 2012-2013, supondrá al menos un 10,70 por ciento y un 10,00 por ciento sobre el total de la flota afectada, lo que implica la reducción de la capacidad pesquera mediante la paralización definitiva de buques de aproximadamente 10.187,31 GT y 13.810,05 kw, respectivamente, tal y como se establece en el artículo 11.2 del Reglamento (CE) n.º 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002.
AhoraLa reducción global de la capacidad pesquera del Plan 2012-2013, supondrá al menos la retirada, mediante la paralización definitiva de la actividad pesquera, de 5.300 GT y 7.500 Kw, tal y como se establece en el artículo 11.2 del Reglamento (CE) n.º 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002.