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26 jun 2012
Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas
Ley · En vigor · Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 7▾
Antes9. En todo caso, en los procedimientos de solicitud de autorización administrativa para la organización, explotación y práctica de los juegos y apuestas, así como para su modificación, prórroga o renovación, o cambio de ubicación, una vez transcurrido el plazo de tres meses para su resolución sin haberse notificado ésta, el interesado podrá considerar desestimada su solicitud por silencio administrativo.
Ahora9. En todo caso, en los procedimientos de solicitud de autorización administrativa para la organización, explotación y práctica de los juegos y apuestas, así como para su modificación, prórroga, renovación, transmisión o cambio de ubicación, una vez transcurrido el plazo de tres meses para su resolución sin haberse notificado ésta, el interesado podrá considerar desestimada su solicitud por silencio administrativo.
Artículo 33▾
Párrafo añadido
5. Si en razón de las circunstancias concurrentes, se apreciara una cualificada disminución de la culpabilidad del imputado o de la antijuridicidad del hecho, el órgano sancionador establecerá la cuantía de la sanción aplicando la escala relativa a la clase de infracciones que preceda inmediatamente en gravedad a aquella en que se integra la considerada en el caso de que se trate.