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17 abr 2007

Ley 7/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 12
Eliminadob) Llevar a bordo aparejos, artes o utensilios no autorizados.
Eliminadoc) Usar en la práctica de la pesca más utensilios de los permitidos.
Eliminadod) No respetar las distancias reglamentarias.
Eliminadoe) La cesión o préstamo de la Licencia a terceras personas.
Eliminadof) El incumplimiento de horarios que afecten a la actividad pesquera en general.
Eliminadog) No guardar las distancias establecidas durante la práctica de la actividad pesquera.
Eliminadoh) El incumplimiento de la obligación de carácter formal de las normas de señalización e identificación.
Eliminadoi) Llevar a bordo equipos de buceo autónomo o semiautónomo y elementos para la práctica de la caza submarina conjuntamente.
Antesj) La violación de cualquier concepto que esté tipificado como infracción administrativa leve en la normativa vigente, que afecte a las competencias asumidas por esta Comunidad Autónoma.
Ahorab) Usar en la práctica de la pesca más utensilios de los permitidos.
Párrafo añadido
c) El incumplimiento de la obligación de carácter formal de las normas de señalización e identificación.
Párrafo añadido
d) La violación de cualquier concepto que esté tipificado como infracción administrativa leve en la normativa vigente, que afecte a las competencias asumidas por esta Comunidad Autónoma.
Eliminadob) No guardar las distancias establecidas durante la práctica de la actividad pesquera.
Eliminadoc) El incumplimiento o retraso injustificado en las obligaciones de suministro de datos o comparecencia cuando sean requeridos por funcionarios de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca o personal autorizado por la misma.
Eliminadod) El incumplimiento de horarios que afecten a la actividad pesquera en general.
Eliminadoe) El incumplimiento de la obligación de carácter formal sobre normas de señalización e identificación.
Eliminadof) El incumplimiento de normas que afecten al número y enrole de tripulantes.
Eliminadog) Dedicarse la embarcación de pesca profesional a distinta actividad extractiva a la que figura en el despacho del buque.
Antesh) La violación de cualquier concepto que esté tipificado como infracción administrativa leve en la normativa que afecte a las competencias asumidas por esta Comunidad Autónoma.
Ahorab) El incumplimiento de la obligación de carácter formal sobre normas de señalización e identificación.
Párrafo añadido
c) La violación de cualquier concepto que esté tipificado como infracción administrativa leve en la normativa que afecte a las competencias asumidas por esta Comunidad Autónoma.
Párrafo añadido
d) No tener debidamente cumplimentado el libro registro de la actividad pesquera.
Artículo 13
Párrafo añadido
n) La cesión o préstamo de la licencia a terceras personas.
Párrafo añadido
ñ) Incumplimiento de las normas de señalización.
Párrafo añadido
o) El ejercicio de la pesca o recogida de cebo incumpliendo los horarios que afecten a la actividad pesquera en general.
Párrafo añadido
p) No respetar las distancias reglamentarias.
Párrafo añadido
q) La cesión del excedente de la pesca capturada.
Párrafo añadido
r) El ejercicio de la pesca deportiva submarina sin seguro de accidentes y responsabilidad civil en vigor.»
Párrafo añadido
l) La cesión o préstamo de la licencia a terceras personas.
Párrafo añadido
m) El ejercicio de la actividad extractiva profesional sin llevar puesto el chaleco homologado.
Párrafo añadido
n) El incumplimiento de las normas de señalización de artes y aparejos.
Párrafo añadido
ñ) El incumplimiento de horarios que afecten a la actividad pesquera en general.
Párrafo añadido
o) El incumplimiento del descanso semanal obligatorio, incluyendo el supuesto de dejar largadas las redes.
Párrafo añadido
p) El incumplimiento de normas que afecten al número y enrole de tripulantes.
Párrafo añadido
q) Dedicarse la embarcación de pesca profesional a distinta actividad extractiva a la que figura en el despacho del buque.
Párrafo añadido
r) No respetar las distancias o profundidades reglamentarias.
Párrafo añadido
s) El incumplimiento o retraso injustificado en las obligaciones de suministro de datos o comparecencia cuando sean requeridos por funcionarios de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca o personal autorizado por la misma.
Párrafo añadido
t) Negarse, al ser requerido por los agentes, a devolver la pesca al mar, o a entregársela en el caso de que la devolución a su ecosistema sea inviable.
Párrafo añadido
g) El incumplimiento o retraso injustificado en las obligaciones de suministro de datos o comparecencia cuando sean requeridos por funcionarios de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca o personal autorizado por la misma.