Real Decreto 908/1978, de 14 de abril, sobre control sanitario y homologación de material e instrumental médico, terapéutico o correctivo
También conocida como: RD 908/1978, RD 908/78Esta norma asegura que los aparatos e instrumentos médicos que usamos sean seguros, eficaces y cumplan con los controles de calidad necesarios.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 30 de septiembre de 2000Reforma BOE-A-2000-17597Ver qué cambió →
- 24 de abril de 1996Reforma BOE-A-1996-9089Ver qué cambió →
- 4 de mayo de 1978Versión original BOE-A-1978-11879
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (4 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo primero
El material médico-sanitario y instrumental para fines diagnósticos, terapéuticos o correctivos queda sometido a vigilancia y control sanitario, salvo especialidades farmacéuticas que siguen su normativa propia.
Artículo segundo
El material debe cumplir requisitos técnicos y se clasifica en: uso por cualquier persona, por facultativo, por paciente con prescripción, o que requiere intervención quirúrgica. El no clasificado se considera de uso común.
Artículo tercero
La Subsecretaría de la Salud determina centros para verificar controles del material médico, suspende o prohíbe su uso por razones sanitarias y adopta medidas de vigilancia.
Artículo cuarto
El Real Decreto no excluye la responsabilidad de quienes producen, suministran, prescriben, dispensan, utilizan o aplican el material médico-sanitario.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- Orden de 21 de octubre de 1976 BOE-A-1976-23406
- Real Decreto 2825/1977, de 6 de octubre BOE-A-1977-27084
Leyes que la modifican
- regulando el Registro y Control de Implantes Clinicos, Terapeuticos o de corrección: Orden de 21 de julio de 1978 BOE-A-1978-21291
- con el art. 2, regulando el Material Medico Quirurgico Esteril para Utilizar una Sola Vez: Orden de 13 de junio de 1983 BOE-A-1983-17671
- el art. 3, dando normas para la homologación de determinados efectos y Accesorios Empleados en la Asistencia Medico-Sanitaria: Resolución de 15 de junio de 1983 BOE-A-1983-18039
- : Real Decreto 2395/1986, de 22 de agosto BOE-A-1986-30696
- : Real Decreto 2603/1985, de 20 de noviembre BOE-A-1986-906
- los párrafos A), B) y C) del art. 3 y las disposiciones Finales primera, segunda y tercera, por Real Decreto 414/1996, de 1 de marzo BOE-A-1996-9089
- el art. 1.b), por Real Decreto 1662/2000, de 29 de septiembre BOE-A-2000-17597
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.