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2 jul 2026 · ModificaciónGenerado con IA

Los ayuntamientos podrán reservar hasta el 20 % de plazas policiales a militares

Los ayuntamientos podrán reservar en sus convocatorias hasta un 20 % de las plazas de Policía Local para militares profesionales que cumplan los demás requisitos. Si quedan vacantes, se sumarán a las plazas de acceso libre, y el tiempo servido en las Fuerzas Armadas contará automáticamente para las retribuciones.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 54▾
EliminadoArtículo 54. Sistemas de selección
AntesLa selección del personal funcionario de los cuerpos de Policía Local se realizará por los sistemas de turno libre y de promoción interna que se desarrollan en las secciones primera y segunda de este capítulo.
AhoraArtículo 54. Sistemas de selección.
Párrafo añadido
1. La selección del personal funcionario de los cuerpos de Policía Local se realizará por los sistemas de turno libre y de promoción interna que se desarrollan en las secciones primera y segunda de este capítulo.
Párrafo añadido
2. Los ayuntamientos podrán establecer en sus bases una reserva de un máximo del 20 % de plazas de acceso restringido para aquellos militares profesionales que cumplan con los restantes requisitos en los cuerpos de Policía Local, incrementando las plazas reservadas a las de turno de acceso libre cuando aquellas quedasen desiertas. En todo caso, a aquellos militares que acceden a las plazas ofertadas por esta modalidad, les será reconocido el tiempo de servicio prestado en las Fuerzas Armadas a efectos retributivos de manera automática.