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La financiación insular tomará la población de una estadística del IBESTAT
La Ley 3/2014 pasa a definir la población de derecho según la operación estadística de referencia del IBESTAT. Antes, la calculaba con la información de los padrones municipales de las Illes Balears, un cambio que afecta a la referencia usada para la financiación de los consejos insulares.
El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 3▾
Antesa) Población de derecho: la población residente de acuerdo con la información que consta en el padrón de habitantes de cada uno de los municipios de las Illes Balears.
Ahoraa) Población de derecho: la población residente según la información que figura en la operación estadística de referencia del IBESTAT.