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27 feb 2026 · ModificaciónGenerado con IA

Los vinagres protegidos podrán elaborarse con mosto de uva apagado con alcohol

La norma incorpora este mosto entre los ingredientes permitidos para vinagres con denominación de origen o indicación geográfica protegida. También permite una diferencia de hasta 0,5 grados entre la acidez indicada y la comprobada en esos vinagres, frente a 0,2 grados para los demás.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 7▾
Eliminadob) Zumos de frutas.
Antesc) Mostos de uva.
Ahorab) Zumo de frutas y zumo de frutas concentrado.
Párrafo añadido
c) Mosto de uva, mosto de uva concentrado y mosto de uva concentrado rectificado.
Antesf) Sal.
Ahoraf) Sal.
Párrafo añadido
h) Mosto de uva fresca “apagado” con alcohol para el vinagre con denominación de origen protegida (DOP) o indicación geográfica protegida (IGP), en los términos establecidos en el correspondiente pliego de condiciones.
Artículo 11▾
Eliminado3. Se indicará el grado de acidez, seguido del símbolo «%» o «º».
AntesCon respecto al grado de acidez reflejado en la etiqueta, se admitirá, siempre que el vinagre cumpla con el mínimo establecido en el artículo 8.2.a), una diferencia, en más o en menos, de 0,2º.
Ahora3. Se indicará el grado de acidez, seguido del símbolo “%” o “°”.
Párrafo añadido
Con respecto al grado de acidez reflejado en la etiqueta, se admitirá, siempre que el vinagre cumpla con el mínimo establecido en el artículo 8.c), una diferencia, en más o en menos, de 0,2°, y, para los vinagres acogidos a Denominación de Origen Protegida (DOP) o Indicación Geográfica Protegida (IGP), de 0,5°.