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Andalucía deroga el Consejo Andaluz de Biodiversidad
Ley · En vigor · Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres
La reforma deroga el Consejo Andaluz de Biodiversidad, que asesoraba a la Junta en asuntos forestales, de flora y fauna, caza y pesca continental. El cambio elimina el órgano consultivo y su función de reunir a administraciones y sectores interesados.
El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 64▾
Eliminado1. Se crea el Consejo Andaluz de Biodiversidad, adscrito a la Consejería competente en materia de medio ambiente como órgano consultivo y de asesoramiento en las materias forestal, de flora y fauna silvestres, caza y pesca continental, en el que estarán representados, entre otros sectores, los diversos colectivos con intereses en la actividad cinegética y piscícola y en otros aprovechamientos de la flora y la fauna silvestres, las asociaciones relacionadas con la conservación de la naturaleza, las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, así como la Administración autonómica y demás Administraciones públicas, en particular las Entidades Locales a través de las asociaciones más representativas.
Antes2. Reglamentariamente se regulará su composición, funciones y régimen de funcionamiento.
Ahora**(Derogado)**