← Volver
Se suprimen dos epígrafes del impuesto sobre hidrocarburos
Ley · En vigor · Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales
La ley elimina los epígrafes 1.16 y 1.17 de la tarifa del impuesto sobre hidrocarburos. También retira las notas sobre tipos y devoluciones temporales de julio a septiembre de 2026 para agricultores y transportistas, vinculadas a medidas aprobadas en junio.
El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 50▾
Eliminado[Nota del BOE: Téngase en cuenta que, durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2026, los tipos impositivos regulados en la Tarifa 1.ª del apartado 1 serán los que establecen los arts. 5, 6 y 7, respectivamente, del Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio.]
Artículo 52 bis▾
Eliminado[Nota del BOE: Téngase en cuenta que, desde el 1 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026, el tipo de la devolución regulado en el apartado 6 será de cero euros, según establece el art. 8 del Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio.]
Artículo 52 ter▾
Eliminado[Nota del BOE: Téngase en cuenta que, durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2026, el importe de las cuotas a devolver regulado en la letra b) será el que establece el art. 9 del Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio.]